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Congreso aprueba en primera votación que candidatos con menor puntaje sean miembros suplentes de la JNJ

La propuesta planteada por el defensor del Pueblo, Josué Gutiérrez, establece además que los suplentes que no acepten asumir como miembros titulares sean inhabilitados para postular a cargos de la función pública.

RPPPor:RPP10 de mayo, 2024 4 minutos
Congreso aprueba en primera votación que candidatos con menor puntaje sean miembros suplentes de la JNJ
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El dictamen señala que "tienen la condición de suplentes los demás postulantes que figuren como aprobados en el cuadro final de méritos del concurso público"

El pleno del Congreso de la República aprobó, en primera votación, el dictamen que modifica la Ley Orgánica de la Junta Nacional de Justicia (JNJ) para que los candidatos con notas aprobatorias en el concurso para integrar dicha entidad sean considerados miembros suplentes.

Con 67 votos a favor, 16 en contra y 21 abstenciones, la Representación Nacional aprobó dicha iniciativa formulada por el defensor del Pueblo, Josué Gutiérrez, que modifica dos artículos, incorpora una disposición complementaria y deroga parte del texto de la ley de la JNJ.

Vale señalar que los votos a favor mayoritarios fueron de las bancadas de Fuerza Popular, Alianza para el Progreso, Podemos, y Renovación Popular. 

¿Qué dice el texto aprobado en el pleno del Congreso?

El texto sustitutorio de laComisión de Constitución señala que los postulantes a la JNJ, aprobados con menor puntaje, podrán ser considerados miembros suplentes.

"En la elección de los miembros titulares de la Junta Nacional de Justicia, tienen la condición de suplentes los demás postulantes que figuren como aprobados en el cuadro final de méritos del concurso público y son convocados por estricto orden de mérito para asumir la titularidad en el caso de que se haya producido cualquiera de las causales de vacancia", señala el dictamen.

Asimismo, se agrega que aquellos suplentes que desistan de asumir como titulares serán inhabilitados para postular a cualquier cargo de la función pública. 

"La renuencia de asumir el cargo, sin que exista causa o impedimento señalado en la ley, genera inhabilitación para postular a este u otro cargo público por el periodo de ejercicio de la función pública para el cual fue elegido o convocado", refiere el texto.

El dictamen fue aprobado con 67 votos y tendrá que ser refrendado en 7 días hábilesFuente: Andina

Además, se incorpora la décimo tercera disposición complementaria que señala que, de manera excepcional, se habilita a los candidatos que obtuvieron menores calificaciones aprobatorias en el concurso del 2019 para ser miembros suplentes de la junta y asumir como titulares.

"Se habilita de manera excepcional a los postulantes que figuren como aprobados en el cuadro final de méritos de la “Segunda Convocatoria del Concurso Público de Méritos para la elección de los miembros de la Junta Nacional de Justicia”, para que asuman la condición de miembro suplente en estricto orden de mérito, de conformidad con el artículo 9 de la presente ley, previa actualización de sus hojas de vida y de sus antecedentes penales, judiciales y policiales”, indica.

Otra modificación en la norma indica que, ahora, la Comisión Especial encargada del proceso, no solo convocará al respectivo concurso, sino que juramentará "por estricto orden de mérito a los miembros suplentes de la Junta Nacional de Justicia, luego de haber verificado que no se encuentren incursos en los impedimentos previstos en la presente Ley". 

Vale resaltar que, el último jueves, la Comisión de Constitución del Congreso aprobó el referido dictamen que surgió de la propuesta presentada por Josué Gutiérrez, defensor del Pueblo, el pasado martes, 30 de abril, según figura en la página web del Parlamento. El texto fue aprobado en dicha comisión en apenas dos días de ser ingresado a trámite.

A su vez, la propuesta fue ingresada al Congreso cinco días después de que el Tribunal Constitucional (TC) resolviera restablecer la inhabilitación de los magistrados Aldo Vásquez e Inés Tello de sus cargos en la JNJ, y correspondiera que asuman los suplentes. No obstante, el 30 de abril, Abraham Siles, uno de los suplentes, remitió una carta al presidente de la JNJ indicando su rechazo a asumir el cargo, porque la vacante disponible se generó de un modo “arbitrario” e “inconstitucional”.

Ante ello, el proyecto de Gutiérrez Cóndor indicaba que "la actual coyuntura por la que atraviesa la institución de la JNJ nos pone en escenarios excepcionales, los cuales no están previstos en la Ley Orgánica vigente, tal como la posibilidad legal de poder contar con miembros suplentes en caso los que han sido elegidos no quieran asumir el cargo o no se cuente con miembros suplentes aptos".

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