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Luego de que el pasado 20 de mayo el presidente de la República, Pedro Castillo, firmara la autógrafa de la ley que permite un nuevo acceso de los fondos de AFP, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) aprobó hoy el procedimiento operativo para que todos los afiliados puedan realizar el retiro extraordinario y facultativo de hasta 4 Unidades Impositivas Tributarias (UIT).

La norma publicada este martes en el Diario Oficial El Peruano, autoriza de manera extraordinaria a los afiliados poder acceder a los fondos acumulados en sus cuentas individuales de capitalización (CIC) en el contexto de la pandemia COVID-19.

Por ello, los usuarios deberán presentar su solicitud dentro del plazo máximo de 90 días calendario, el mismo que inicia el próximo 13 de junio y culmina el 10 de setiembre de 2022.

Cabe señalar que en el caso de que un afiliado desee desistir de su solicitud de retiro, puede comunicarlo a la AFP hasta 10 días calendario antes de la fecha en que se haya programado el desembolso.

Plazos para los desembolsos

  • Primer desembolso de hasta 1 UIT: en un plazo máximo de 30 días calendario, computados desde la fecha en que fue presentada la solicitud ante la AFP.
  • Segundo desembolso de hasta 1 UIT: En un plazo máximo de 30 días calendario, computados desde la fecha en que fue efectuado el primer desembolso por la AFP.
  • Tercer desembolso por el remanente del monto solicitado: En un plazo máximo de 30 días calendario, computados desde la fecha en que fue efectuado el segundo desembolso por la AFP.

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