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Durante campaña de derechos en Instituto Nacional Materno Perinatal

Jornada llevada a cabo en ex Maternidad de Lima permitió atender a alrededor de setenta personas, muchas de ellas de provincia

La Comisión de Acceso a la Justicia, que preside la jueza Janet Tello Gilardi, realizó en el Instituto Nacional Materno Perinatal (ex Maternidad de Lima) la campaña “Promoción de derechos en favor del niño y la niña: Una vida sin violencia”.

En la referida actividad, dirigida a mujeres gestantes y madres adolescentes usuarias del centro de salud, fueron atendidos alrededor de setenta casos, entre ellos el de V.I.G.Y (31),una joven madre de trillizos que nacieron de manera prematura en la ex Maternidad de Lima.

Los tres niños, de quince días de nacidos (de los cuales uno aún sigue en la incubadora, aunque todos requieren atención médica permanente),no fueron reconocidos por su progenitor.

Ante ello, el equipo técnico de la comisión brindó orientación jurídica a la joven, apoyo consistente enla búsqueda y descarga de documentos del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec),así como en el llenado del formulario de demanda de filiación y pensión de alimentos para sus trillizos.

Cabe resaltar que el citado formulario (elaborado y promovido para su aprobación por la Comisión de Acceso a la Justicia) es accesible y gratuito, y la referida demanda no requiere firma de abogado nipago de ninguna tasa judicial.

SOBRE VIOLENCIA OBSTÉTRICA

En la campaña de derechos participaron instituciones como la Dirección de Redes Integradas de Salud (Diris-Lima Centro), Reniec, el Programa Nacional Aurora del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP) y el Ministerio Público, representado por un equipo a cargo de la fiscal Hilda Díaz Livaque, coordinadora nacional de las fiscalías especializadas de familia.

En la actividad la jueza suprema Janet Tello Gilardi trató el tema “La violencia obstétrica: una práctica invisibilizada en la atención médica”, mientras que la especialista del Reniec, Gloria Cubillas Díaz, expuso “La inscripción de Nacimiento y Reconocimiento”.

Por su parte, el juez de familia, Luis Escribano Chanamé, disertó sobre los procesos de alimentos y filiación del niño y la niña, en tanto que la jueza suprema Elvira Álvarez Olazábal expuso el tema “La violencia de género y la atención de salud”.

Ante el personal del instituto, Tello Gilardi sostuvoque la violencia obstétrica es una forma de violencia de género realizada en un establecimiento de salud, la cual es reconocida por la Ley 30364.

Explicó que esta comprende todos los actos de violencia relacionados con los procesos reproductivos expresados en trato deshumanizador, abuso de medicalización y patologización de los procesos naturales cuyo impacto es negativo en la calidad de vida de las mujeres.

Señaló, además, que la Organización Mundial de la Salud determinó diversos tipos de esta forma de violencia como la práctica excesiva de la cesárea, elrasurado del pubis, los cortes para agrandar la vagina, revisiones de la cavidad uterina y separación del bebé de su madre en los primeros minutos de vida.

También la humillación y maltrato efectuados por personal de salud reflejados en frases de sometimiento, exposición constante de los genitales femeninos, así como los procedimientos obstétricos realizados para facilitar el aprendizaje de estudiantes y residentes médicos sin consentimiento de las mujeres.

CASO EULOGIA GUZMÁN VS PERÚ

La magistrada mencionó, asimismo, como una forma de violencia obstétrica el maltrato cultural y social en salud reproductiva al discriminarse a las mujeres indígenas y de sectores rurales por sus concepciones y prácticas culturales.

Agregó que estas –según lo advirtió la Defensoría del Pueblo–, así como las afro, adolescentes, con discapacidad, o mujeres trans, están en situación demayor vulnerabilidad frente a la ocurrencia de la violencia obstétrica.

Citó el caso Eulogia Guzmán vs Perú, en el que nuestro país fue sancionado por el sistema interamericano debido a la violación de los derechos de esta mujer indígena, quechua hablante y analfabeta que fue obligada dar a luz sin respetar sus costumbres.

Señaló que para evitar este tipo de casos resulta necesario una norma para prevenir, sancionar y erradicar la violencia obstétrica, contar con medidas que garanticen la rehabilitación y reparación de las víctimas, así como sensibilizar y capacitar alpersonal de salud con enfoques de género, derechos humanos e interculturalidad.

“Hay que brindar calidad de atención a las usuarias y potenciar las atenciones públicas, eso está en su manos, así como tener estrategias para empoderar a las mujeres, niñas y adolescentes frente a cualquier tipo de violencia”, concluyó.

La entrada PODER JUDICIAL ATIENDE CASO DE TRILLIZOS QUE NO RECIBEN PENSIÓN DE ALIMENTOS NI FILIACIÒN POR PARTE DE PROGENITOR se publicó primero en LA PR1MERA.