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ANDINA/Eddy Ramos

El Poder Ejecutivo dispuso la aplicación de diversas medidas de carácter excepcional en el sector salud a fin de mantener garantizada la atención sanitaria vinculada a la pandemia de la covid-19.
PUBLICIDADEstas comprenden la contratación de personal para la vacunación, así como el otorgamiento de prestaciones económicas adicionales para estos trabajadores, y una “entrega económica extraordinaria” para los deudos de los servidores de salud fallecidos por esta enfermedad.
Dichas disposiciones están incluidas en el decreto de urgencia 009-2022, publicado hoy, en una edición extraordinaria del boletín de normas legales del Diario Oficial El Peruano.
En dicho contexto, se autoriza al Ministerio de Salud, al Instituto Nacional de Salud, al Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas y a las unidades ejecutoras de salud de los gobiernos regionales, a contratar personal bajo la modalidad del régimen especial del Decreto Legislativo 1057.
El personal contratado laborará de forma presencial en turno fijo o rotativo, de acuerdo a la categoría y nivel de atención en que sirva.PUBLICIDAD
En tal sentido, se autorizó transferir 469 millones 544 mil 557 soles a dichas entidades públicas, para financiar hasta el mes de junio las contrataciones mencionadas.

Prestaciones adicionales para vacunadores

En otro artículo del decreto supremo, se autoriza el otorgamiento, en mayo y junio, de prestaciones adicionales para el personal de salud que participa en la vacunación contra la covid-19.
Se incluye a los participantes en las brigadas de vacunación de punto fijo o móvil, equipos de coordinación de brigadas y de coordinación de las direcciones y gerencias regionales de salud, así como de las direcciones de redes integrales y de redes asistenciales de salud.
Estas prestaciones ascienden a entre 25 y 50 soles por hora, de acuerdo al cargo desempeñado y al equipo del cual se forme parte.
Para financiar esto, se dispone una partida presupuestal de 61 millones 644 mil 48 soles.

Entrega económica para deudos

Asimismo, el decreto supremo estipula que se haga una “entrega económica extraordinaria” a favor de los deudos del personal de salud fallecido a causa de la pandemia.
El monto fijado asciende a 51 mil soles, de acuerdo a lo  señalado en el numeral 6.4 del artículo 6 de esta norma.
En otro de sus artículos, el decreto supremo enlista una serie de faltas administrativas referidas a la firma de contratos de servicios y determina qué personal resulta responsable de estas.

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