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De acuerdo a EY Perú

Firma digital. Foto: INTERNET/Medios

Firma digital. Foto: INTERNET/Medios

11:14 | Lima, ago. 22.El uso de tecnologías de la información y comunicaciones (TIC) y la transformación digital de los procesos se incrementó en los negocios, lo que motivó la habilitación de marcos normativos promotores del uso de firmas electrónicas y de servicios de confianza digital, señaló EY Perú.
“Las firmas electrónicas pueden tener la misma validez y eficacia que las firmas manuscritas, permitiendo suscribir documentos y contratos a distancia, de manera célere y con diversos niveles de seguridad, dependiendo del tipo de firma elegida”, señaló el gerente de Regulación Financiera y FinTech de EY Law, Dario Bregante.
¿Qué es la firma electrónica? 
La firma electrónica es cualquier símbolo basado en medios electrónicos, que se emplea para autenticar un documento o vincularlo con una persona, señaló EY Perú.
Tipos de firma electrónica
Existen tres tipos de firma electrónica, los cuales se basan en su nivel de seguridad: la firma electrónica simple y la firma electrónica avanzada (de seguridad baja y media, respectivamente) y la firma electrónica cualificada o firma digital (la opción más segura),precisó.
En cuanto a esta última, se utiliza una técnica de criptografía asimétrica para la identificación del signatario, lo cual lo vincula únicamente a este, así como a los datos firmados, y permite identificar cualquier modificación ulterior, refirió.
La firma electrónica cuenta con la misma validez y eficacia jurídica que una firma manuscrita, y puede garantizar el no repudio y servir como medio probatorio, siempre y cuando haya sido generada en el marco de la Infraestructura Oficial de la Firma Electrónica (IOFE),destacó.
¿En qué casos se usa la firma digital? 
La utilización de la firma digital se realiza principalmente, cuando la ley dispone su uso, y en menor medida, cuando las partes así lo consideren pertinente, explicó.
Con esta herramienta, pueden suscribirse contratos que requieran la inscripción en registros públicos, tal como un contrato de arrendamiento financiero, indicó.
De la misma manera, se puede usar en partes notariales, conteniendo el acto constitutivo de determinados tipos de personas jurídicas, así como referentes a poderes, mandatos y transferencias vehiculares, anotó.
Puede emplearse también, para el traspaso de aportes obligatorios de una administradora privada de fondos de pensiones (AFP) a otra, señaló.
Firmas electrónicas simples y avanzadas 
Se suelen utilizar en la medida que la normativa disponga libertad para el uso de cualquier firma electrónica, precisó.
Por ejemplo, las entidades del sistema financiero pueden utilizar válidamente este tipo de firmas para suscribir acuerdos relacionados con sus productos y servicios, mencionó. 
“Asimismo, en caso haya sido pactado, pueden usarse para la emisión, garantía o transferencia de títulos valores (como facturas, pagarés y letras de cambio). Los documentos laborales también pueden ser suscritos con esta herramienta”, agregó.
Se debe considerar que, en principio, estas modalidades de firmas contemplan un nivel de seguridad menor en comparación a la firma digital; y que ante una controversia respecto de su autoría, la carga de la prueba recaerá en quien la invocó como verdadera, resaltó.
¿Cómo obtener la firma digital? 
Es necesario contar con un software de firma digital y un certificado digital, informó EY Perú. 
Entre los proveedores de este servicio, está la Reniec (Registro Nacional de Identificación y Estado Civil),que lo ofrece de manera gratuita y sin restricciones, mediante el DNI electrónico, así como ofrece certificados digitales para personas jurídicas, reportó. 
Por otro lado, señaló que conviene conocer que tipos de servicios de confianza digital existen:
o Servicios de autenticación o identificación electrónica: este servicio permite que los ciudadanos puedan autenticar su identidad fehacientemente con la finalidad de acceder a los servicios electrónicos.
o Servicio de emisión y cancelación de certificado digital: permite la emisión de certificados digitales tanto para personas naturales como para personas jurídicas. Así como, la cancelación de estos en caso de pérdida, robo u otro.
o Servicio de sellado de tiempo:permite atestar que un documento electrónico, o cualquier objeto digital, existió en un determinado momento en el tiempo y que desde ese momento, no fue alterado.
o Servicio de validación de firma digital: este servicio permite verificar la validez de una firma digital en el marco de la Infraestructura Oficial de la Firma Electrónica.
“Conforme se publiquen más modificaciones normativas, el uso de las firmas electrónicas seguirá reconociéndose como una posibilidad para la suscripción de diversos tipos de documentos y contratos. Implementar cada vez más las TIC a nuestros procesos notariales, financieros y demás, es vital para el panorama post covid-19”, finalizó el experto de EY Law.

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