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La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) publicó este viernes nuevas disposiciones para atender solicitudes referentes al levantamiento del secreto bancario.

Según la Resolución SBS N° 01973-2021, mediante la cual las autoridades competentes, los gerentes generales de las empresas del sistema financiero deberán designar, como mínimo, a un funcionario principal y uno alterno, responsables de la atención de estos requerimientos.

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Además, la SBS exigirá que las empresas del sistema financiero sean responsables de cumplir, en el plazo establecido, con la atención de las solicitudes de levantamiento del secreto bancario formuladas por las autoridades competentes.

Incluso, deberán comunicar a laSBS y/o al Poder Judicial al nombre, cargo, teléfono, correo electrónico u otro dato de contacto de los funcionarios, sea principal y alterno, responsables de atender los requerimientos.

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Además, se establece que la contratación de terceros para atender solicitudes de levantamiento de secreto bancario se considerará como subcontratación significativa, aplicándose las normas pertinentes, incluyendo el Reglamento de Gobierno y Gestión Integral de Riesgos y el Reglamento de Gestión de Riesgo Operacional.

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