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Las personas que renunciaron a su nacionalidad peruana podrán recuperarla de manera voluntaria y manteniendo una conducta positiva, indica la ley 31295, publicada en El Peruano, tras ser promulgada por el Congreso de la República.

La norma modifica el artículo 8 de la Ley de Nacionalidad (ley 26574), la cual señala que los peruanos de nacimiento que renunciaron expresamente a la nacionalidad peruana tendrán derecho a recuperarla siempre y cuando declaren su voluntad para ello, mediante una solicitud escrita.

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Vale precisar que este pedido tendrá que ser entregado a la autoridad peruana competente en territorio nacional o en las misiones diplomáticas en el exterior.

También, el titular de esta solicitud deberá tener una «buena conducta y solvencia moral», tal como refiere la ley mencionada en el primer párrafo de este texto.

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