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La Sunat estableció ayer normas para que las empresas del sistema financiero presenten la información de las cuentas de las personas naturales y jurídicas por encima de los 30,800 soles a partir de septiembre.

Se determina que la empresa del sistema financiero debe declarar únicamente el saldo registrado y los rendimientos depositados en la cuenta.

La empresa del sistema financiero debe informar si el titular tiene una única cuenta en dicha entidad e identificar si el saldo o el rendimiento en el periodo que se informa es igual o superior a las siete unidades impositivas tributarias (UIT) o 30,800 soles.

Si el titular tiene más de una cuenta en la empresa del sistema financiero, se determina si la sumatoria de los importes correspondientes a los saldos o a los rendimientos que, en el periodo que se informa, correspondan a todas las cuentas del titular en dicha entidad es igual o superior a las siete UIT.

Se establece el cronograma para el cumplimiento. A junio, la declaración correspondiente al primer semestre del año. A diciembre, la declaración correspondiente al segundo semestre.

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