Super Mensajes

El Dr. Manuel Castillo Venegas es uno de los dos representantes de las universidades públicas en el Consejo Directivo de la Sunedu. Es abogado y docente principal en la Universidad Nacional de Piura, donde llegó a ser decano de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas. Además, fue decano del Colegios de Abogados de Piura, presidente de la Junta de Decanos de los colegios de abogados del Perú y miembro del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial.

La Nueva Sunedu ha cumplido un año de gestión, y está llevando a cabo labores que la antigua Sunedu no realizó. Por ejemplo, háblenos acerca de la experiencia de supervisión de la creación de la Nueva Oferta Académica – NOA en las universidades.

Efectivamente, en este primer año de gestión, hemos llevado a cabo diversas políticas, aunque inéditas, muy necesarias para el sistema universitario nacional. A su pregunta, por ejemplo, hemos implementado el plan de supervisión de la nueva oferta académica de las universidades a nivel nacional. Esta política de gestión de la Nueva Sunedu no tiene precedentes, pues, como sabemos, la gestión anterior solo se orientó a supervisar casos de hostigamiento sexual y uso de activos, mas no supervisó el cumplimiento de las condiciones básicas de calidad.

El despliegue efectuado nos permite sincerar los indicadores y variables de las condiciones básicas de calidad, y definir un acompañamiento permanente a las casas superiores de estudios. Con este trabajo reafirmamos nuestro compromiso con la educación superior universitaria de calidad, y demandamos a las autoridades universitarias responsabilidad para la creación de programas académicos nuevos, a efectos de no comprometer la calidad de los programas académicos existentes y por ende no poner en riesgo el licenciamiento institucional.

Tenemos que, de la supervisión realizada entre el 30 de noviembre y el 20 de diciembre de 2023, se identificó un total de 2,646 programas de nueva oferta educativa. Por ejemplo, encontramos que 1,772 son programas de locales de universidades ubicados en Lima, 853 de locales de universidades ubicados en regiones y 21 de locales de universidades ubicados en la provincia constitucional del Callao; 1,448 son programas de pregrado y 1,198 de posgrado; 2,096 son programas de temática general y 550 de salud; 605 son programas en modalidad presencial, 1,038 en modalidad semipresencial y 1,003 en modalidad a distancia; 1,289 corresponden a creación de nuevos programas académicos, 811 a cambios de modalidad, 508 a cambios de locación, y 38 a cambios de denominación; 710 programas han ejecutado, al menos, un proceso de admisión, y 1,923 aún no se ofertan.

Además, se han identificado 1,448 nuevos programas, de los cuales 973 son conducentes al grado académico de maestro y 85 programas al grado académico de doctor, y 140 programas son conducentes al título de segunda especialidad profesional. Por cierto, cada nuevo programa académico tiene sus características particulares que también han sido identificadas.

Tenemos entendido que su gestión también ha llevado a cabo el licenciamiento institucional de dos universidades públicas.

Efectivamente, mediante Resolución N.° 015-2023, hemos aprobado el licenciamiento institucional de la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo, de la región Lambayeque, luego de un periodo de acompañamiento permanente a través de la Dirección de Licenciamiento, y logrando que esta casa superior de estudios cumpla con las condiciones básicas de calidad, que garanticen el acceso a la educación superior universitaria a los sectores sociales de mayor carestía y necesidad. Asimismo, mediante Resolución N.° 029-2023, hemos aprobado el licenciamiento institucional de la Universidad Nacional Ciro Alegría, de la ciudad de Huamachuco.

Hemos leído que recientemente la nueva Sunedu ha precisado los componentes de virtualidad en las modalidades de estudio.

Así es, a través de la Resolución N.° 033-2023, han quedado establecidos los componentes de virtualidad en las diferentes modalidades de estudios, precisándose que para efectos de los programas de pregrado presenciales se pueden utilizar hasta un 20% de mecanismos virtuales, asimismo en modalidad semipresencial hasta un 60% y en la modalidad no presencial, hasta un 80%, excluyendo a los internos de establecimientos penitenciarios, en el marco de la Ley N.° 31840, que amplía el acceso de los internos a estudios de educación superior.

También se establecieron condiciones especiales en salvaguarda de la calidad educativa para los programas académicos vinculados a las profesiones de la salud.

En su discurso por el primer año de su gestión, usted anunció que la Nueva Sunedu va a tener un nuevo Reglamento de Organización y Funciones – ROF.

Actualmente, la Nueva Sunedu tiene atribución de formular su nuevo Reglamento de Organización y Funciones. Es así que, a propuesta de mi despacho, y mediante acuerdo de Consejo Directivo, se ha puesto en debate nuestra nueva estructura orgánica en concordancia con los alcances de la Ley N.° 31520. Queremos una organización más ágil, descentralizada, de acompañamiento y asesoría permanente a todos los actores del sistema universitario.

¿Usted aún sostiene la idea de que el superintendente y la Nueva Sunedu deben relacionarse con los demás agentes del sistema universitario bajo la figura latina del “pater familias”?

Usted lo ha dicho. En su momento, utilicé una figura del derecho romano para ponerle nombre a un tipo, a un estilo de interacción social y jurídica entre el superintendente de la Nueva Sunedu y los demás actores del sistema universitario, esto en el contexto del restablecimiento de la autonomía universitaria y la reinstitucionalización de la universidad peruana dentro del marco de la ley universitaria 30220, de la ley 31520, de la Constitución del Estado y, en particular, de la cultura constitucional de los peruanos universitarios.

Quienes me conocen, saben que tengo más de 30 años en la docencia universitaria, y que cuando he sido decano de mi Facultad de Derecho, en Piura, también hice mío el trato social de puertas abiertas. Ahora que me toca ser superintendente de la Nueva Sunedu, en mi condición de provinciano, me identifico con la necesidad de los universitarios, de ser escuchados y atendidos de forma inmediata. Los rectores, y todos, saben que pueden venir a mi despacho sin previa cita, y que serán atendidos por mi persona, o por algún funcionario competente, para brindarles la asistencia necesaria.

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