Los conductores que cuentan con el brevete electrónico no serán sancionados con falta G58 cuando sean intervenidos por la Policía y no presenten su licencia de conducir de manera física, informó Mariangella Rossi, directora de Circulación Vial del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC).
Durante el I Congreso Descentralizado de Transporte y Seguridad Vial, desarrollado en Iquitos, la experta explicó que esto se debe el agente o fiscalizador puede corroborar a través de una aplicación si el conductor posee un brevete digital vigente, con solo ingresar el número del DNI.
El conductor deberá mostrar a la autoridad su DNI para que esta acceda al Portal Único del Conductor y verifique que el ciudadano cuenta con la autorización para estar al volante.
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Rossi invitó a las autoridades y usuarios a “sumar esfuerzos para implementar la licencia electrónica y concretar la meta de convertirnos en un Estado más moderno, eficiente y competitivo”.
Los exámenes médicos, de conocimientos y de manejo son un requisito indispensable para obtener la autorización para conducir un vehículo.
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