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Levantarán secreto bancario sin orden judicial

Por José M. Carmen Morán

El contralor general de la República, así como la Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS),podrán realizar a partir de ahora, el levantamiento del secreto bancario y la reserva tributaria. Así lo establece la ley 31507, la cual fue promulgada ayer por el Congreso de la República, que modifica el inciso 5 del artículo 2 de la Constitución.

Se debe detallar que esta norma señala que el contralor podrá realizar esta medida «respecto de funcionarios y servidores públicos que administren o manejen fondos del Estado o de organismos sostenidos por este, en los tres niveles de gobierno», mientras que la superintendenta lo realizará «para los fines específicos de la inteligencia financiera».

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