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Por Fidel Quevedo

El exmiembro del TC, Gerardo Eto Cruz, a propósito de la demanda de inconstitucionalidad que interpondrá el Gobierno contra la ley que desarrolla el régimen de la cuestión de confianza, consideró que la ley es “absolutamente constitucional”.

“La Ley observada por el Ejecutivo es absolutamente constitucional, y establece una facultad del Congreso en el marco del art. 102.1 de la Constitución, que configura como atribución del Parlamento dar leyes y resoluciones legislativas, así como interpretar, modificar o derogar las existentes”, precisó al indicar que el ministro de Justicia tiene pleno derecho de plantear una demanda en contra.

Eto Cruz argumentó que “la cuestión de confianza, como mecanismo del juego de los frenos y contrapesos entre el Legislativo y el Ejecutivo, se encuentra regulada en diversos artículos del texto constitucional de 1993 (art. 130, 132, 133, 134 y 135). Se trata de una cláusula con cierta naturaleza programática que bien puede ser desarrollada por ley, tal como lo ha aprobado el Congreso”, sostuvo.

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