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Este jueves, la Contraloría General de la República dio a conocer las disposiciones excepcionales referidas al proceso de transferencia de la gestión presidencial.

Dentro de ellas, en la resolución 148-2021-CG, señala que el Equipo Revisor para el proceso de transferencia está conformado por dos personas, siendo una de ellas designada como responsable de la Contraloría.

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La entidad indica, además, en la ladera 1.3, que la aprobación y envío del informe de transferencia que realice cada ministro saliente, se hace como máximo al día siguiente de recibido el documento del Equipo Revisor en el que se solicita este.

Estas normas se emiten tras la proclamación de Pedro Castillo (Perú Libre), realizada esta semana por el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en el marco de las segunda vuelta y por el periodo 2021-2026.

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Las mismas se encargan en la directiva denominada «Rendición de Cuentas y Transferencia de Gestión en las entidades del Gobierno Nacional», vigente desde mayo del presente año.

En estas, se establece que los titulares de las entidades públicas deben realizar una rendición de cuentas y transferencia «efectiva, eficiente y oportuna», caracterizadas por la transparencia en los resultados en su gestión y uso de recursos y bienes públicos.

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