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Colegio de Abogados de Lima rechaza fallo del Tribunal Constitucional que suspende a dos miembros de la Junta

El Colegio de Abogados de Lima rechaza decisión del Tribunal Constitucional que restableció la inhabilitación de dos integrantes de la Junta.

ExpresoPor:Expreso27 de abril, 2024 3 minutos
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El Colegio de Abogados de Lima emitió un comunicado en respuesta a la reciente decisión del Tribunal Constitucional (TC),que restableció la inhabilitación de dos integrantes de la Junta Nacional de Justicia (JNJ),Inés Tello y Aldo Vásquez, como parte de una demanda competencial.

En esa línea, el decano del colegio, el doctor Raúl Canelo, manifestó su preocupación tras la resolución del TC señalando que la institución muestra “su rechazo por tal decisión que vulnera gravemente la autonomía e independencia del Poder Judicial y el principio de separación de poderes”.

Además, el documento resalta que el artículo 139 inciso 2 de la Constitución garantiza “la independencia en el ejercicio de la función jurisdiccional” y, agrega que “ninguna autoridad”, incluyendo al TC, “puede avocarse a causas pendientes ante el órgano jurisdiccional ni interferir en el ejercicio de sus funciones”.

Más adelante sostiene que el TC desconoce este dispositivo constitucional al suspender los efectos de la resolución judicial dictada por la Corte Superior de Justicia de Lima, que concedió una medida cautelar a dos integrantes de la JNJ, suspendiendo la inhabilitación de 10 años impuesta por el Congreso. Las medidas cautelares, conforme al derecho adjetivo, se ejecutan de inmediato. Por ello, los dos integrantes de la JNJ fueron repuestos en sus cargos.

En ese sentido, cuestionan que el Congreso interpuso recurso de apelación contra la medida cautelar y, paralelamente, acudió al TC solicitando la suspensión de sus efectos sin esperar que culmine el proceso judicial.

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“Según se ha hecho público, lamentablemente, por mayoría, el TC ha accedido al pedido del Congreso interfiriendo en un proceso judicial en trámite. Lo que correspondía era esperar a que la Corte Suprema resuelva la apelación presentada y no avocarse a una causa pendiente ante el Poder Judicial”, indican en el escrito.

Asimismo, señalan que la decisión adoptada por el Tribunal “vulnera la autonomía e independencia del Poder Judicial al interferir en un proceso judicial en trámite y suspender los efectos de una medida cautelar (…) Ello vulnera el principio de separación de poderes, a favor del Congreso y en desmedro del Poder Judicial”.

Finalmente, exhortaron a que los órganos de Administración de Justicia, a los Poderes del Estado y al Tribunal Constitucional a actuar con respeto a la Constitución y a la ley, evitando resolver en función de coyunturas políticas y respetar celosamente el Estado constitucional de derecho.

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