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Los vehículos mayores de 15 años internados en los depósitos por infracciones al tránsito o al transporte, pasarán al chatarreo obligatorio según dispone el Reglamento que Establece el Procedimiento para la Declaración de Abandono y Chatarreo de los Vehículos Internados en Depósitos Vehiculares.

La norma publicada por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC),busca evitar que estas unidades internadas por infracciones al tránsito o al transporte vuelvan a circular, considerando además la contaminación que este genera.

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Entre las infracciones consideradas están el no contar con Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT) o prestar el servicio de transporte de personas o de mercancías sin contar con autorización otorgada por la autoridad competente.

El Decreto Supremo N° 016-2021-MTC, precisa que el propietario del vehículo tiene un plazo de 30 días para pagar la multa impuesta y retirar el vehículo del depósito. De no hacerlo así, la autoridad competente (gobiernos regionales, municipalidades, Sutran y ATU) podrá iniciar el procedimiento para declarar en abandono el vehículo y ordenar el posterior traslado a una entidad de chatarreo para su disposición final.

Así se permitirá a las autoridades mantener las vías públicas sin vehículos que tengan multas impagas, contar con mayor capacidad en los depósitos vehiculares y promover el retiro definitivo de los vehículos viejos del parque
automotor.

El dato: Una vez que la entidad de chatarreo haya culminado con la etapa de compactación de la chatarra resultante del vehículo, se emitirá el respectivo Certificado de Destrucción Vehicular a través de la Plataforma Nacional de Vehículos Chatarrizados.

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