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Este martes, el Segundo Juzgado Constitucional de Lima declaró fundada la demanda de amparo que impulsó la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu) contra la norma que modifica algunos artículos de la Ley Universitaria.

Cabe precisar que, tras dicha decisión, los artículos 1, 12, 15, 17, 20 no serán modificadas, además el Congreso deberá de revisar las medidas establecidas por el Tribunal Constitucional y garantizar una educación de calidad para la población.

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Como se recuerda, el pleno del Congreso aprobó con 72 votos a favor, 39 en contra y 4 abstenciones, el dictamen de insistencia de la autógrafa de ley que debilita la autonomía de la Sunedu.

Dicha medida tenía como objetivo que el Consejo Directivo de dicha entidad sea integrado por instituciones públicas y empresas privadas, tales como el Ministerio de Educación, el Consejo Nacional de Ciencia Tecnología e Innovación Tecnológica (Concytec),el Consejo Nacional de Colegios Profesionales, el Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa (Sineace), universidades públicas y casas de estudios privadas.

La decisión del Parlamento de respaldar dicha iniciativa legislativa, que el Ejecutivo había observado al considerarlo como inconstitucional, fue declarada nula por el Poder Judicial.

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