Super Mensajes

Semana Santa es aprovechada para realizar viajes o actividades familiares. Si bien los días centrales son este jueves 28 y viernes 29 de marzo, hay quiénes se preguntar si el sábado 30 también es considerado feriado o día no laborable. Aquí te lo explicamos. 

Sobre el 30 de marzo

Este 24 de marzo arrancó la Semana Santa con el Domingo de Ramos y tras la llegada de este jueves y viernes santo, muchos se encuentran a la expectativa de saber si el sábado 30 de marzo también es considerado por el Estado peruano como un día festivo.

Es así que, de acuerdo al Decreto Supremo N. ° 011-2024-PC, se estableció que los días feriados para este año 2024 solo son 15. De estos, no figura el 30 de marzo, el cual es un día considerado santo para aquellos que poseen fe cristiana. 

De igual manera, la Presidencia del Consejo de Ministros estableció que siente días del calendario actual sea considerados como no laborables para el sector público en nuestro país; sin embargo, dicha lista excluye también al sábado 30 de marzo.

Esto debo cobrar por ambos feriados

Según lo establecido en el decreto legislativo N.º 713, los empleados del sector público y privado que decidan trabajar en estos feriados poseen derechos específicos, entre los cuales figura el de recibir una compensación económica adicional por las horas de trabajo. 

Para poder calcular la cantidad aproximada de lo que debes cobrar por laborar en estos feriados de Semana Santa, te brindaremos el siguiente ejemplo, de acuerdo a lo indicado por la Cámara de Comercio de Lima (CCL). 

Si una persona percibe la cantidad de S/3000 al mes, quiere decir que gana S/100 diarios (el sueldo se divide entre los 30 días). Por ello, si trabaja hoy jueves y mañana viernes, sin tener un día de descanso compensatorio, su pago tendrá que calcularse de la siguiente manera: 

  • Por el feriado, su pago ya está incluido en su sueldo mensual, por lo tanto recibirá S/100.
  • Ahora, si decide trabajar ese feriado, se le pagará a la persona S/100 más
  • Adicionalmente, recibirá una sobretasa del 100% de su salario diario, ello equivale a otros S/100

Es decir que, si el trabajador opta por laborar durante ambos feriados, recibirá S/3400 a fin de mes. Esto debido a que se le sumarán los 400 soles correspondientes al trabajo de esos días célebres. 

De esta manera, se conoció que, además de cobrar un monto adicional por laborar en Semana Santa, se descartó que este 30 de marzo vaya a ser considerado como feriado o día no laborable