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El Ministerio de la Producción (Produce) estableció la veda reproductiva del recurso merluza (Merluccius gayi peruanus) en el área marítima englobada entre el límite norte del dominio marítimo peruano y los 04° 00´S.

Es así que, quedará prohibida la extracción del mencionado recurso durante el plazo de 30 días, a partir de este jueves, 25 de agosto. 

Según indica la Resolución Ministerial N º 00279-2022-Produce – publicada en el Diario Oficial El Peruano – dicha norma no es aplicable a las embarcaciones pesqueras artesanales.

Agregado a ello, el Instituto del Mar del Perú (Imarpe) realiza el monitoreo y seguimiento del proceso reproductivo del recurso merluza, teniendo que informar y recomendar apropiadamente al Ministerio de la Producción sobre las medidas necesarias para cautelar la sostenibilidad del recurso.

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Por su parte, el seguimiento, control y vigilancia de las embarcaciones se ejecuta sobre la base de los reportes del Sistema de Seguimiento Satelital para embarcaciones pesqueras (Sisesat), sin perjudicar las labores de fiscalización que desarrolle la Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanción del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura del Ministerio de la Producción; esto con el objetivo de cautelar el cumplimiento de la normativa.

Cabe precisar que, el incumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución ministerial es sancionado conforme a lo establecido en el Decreto Ley 25977, Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 012-2001-PE, el Reglamento de Fiscalización y Sanción de las Actividades Pesqueras y Acuícolas aprobado por Decreto Supremo N° 017-2017-Produce, y demás disposiciones legales aplicables.

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