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Poder Judicial remarca que el maltrato animal se sanciona hasta con 3 años de prisión

El Poder Judicial (PJ) recordó este domingo que aquella persona que abandone o maltrate a un animal doméstico o silvestre, recibirá hasta tres años de pena privativa de la libertad. También te puede interesar: Congreso: Avanza País propone que elecciones regionales y municipales se realicen en setiembre y no en octubre A través de Twitter, se detalló que dicha disposición se encuentra contemplada en la Ley N° 30407 o Ley de Protección y Bienestar Animal. 🐶🚫...The post Poder Judicial remarca que el maltrato animal se sanciona hasta con 3 años de prisión appeared first on EXITOSA NOTICIAS - NOTICIAS DEL PERU Y EL MUNDO.

ExitosaPor:Exitosa7 de noviembre, 2021 2 minutos
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El Poder Judicial (PJ)recordó este domingo que aquella persona que abandone o maltrate a un animal doméstico o silvestre, recibirá hasta tres años de pena privativa de la libertad.

También te puede interesar: Congreso: Avanza País propone que elecciones regionales y municipales se realicen en setiembre y no en octubre

A través de Twitter, se detalló que dicha disposición se encuentra contemplada en la Ley N° 30407 o Ley de Protección y Bienestar Animal.

La norma, publicada en enero de 2016, tiene como objetivo garantizar el bienestar y protección de todas las especies de animales vertebrados domésticos o silvestres mantenidos en cautiverio, en el marco de las medidas de protección de la vida y la salud pública.

De esa forma, se pretende impedir el maltrato y la crueldad, causados directa o indirectamente por el ser humano, que les ocasiona sufrimiento innecesario, lesión o muerte.

Asimismo, la norma apunta a fomentar el respeto a la vida y el bienestar de los animales a través de la educación, y velar por su bienestar para prevenir accidentes a sus poblaciones y aquellas enfermedades transmisibles al ser humano.

  Prohibiciones 

Entre las prohibiciones generales, según establece la ley, figura el abandono de animales en la vía pública, por constituir un acto de maltrato y una condición de riesgo para la salud pública.

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Además, el uso de animales en espectáculos de entretenimiento público o privado donde se obligue al animal a realizar actividades no compatibles con su comportamiento natural.

También está prohibida la tenencia, caza, captura, crianza, compra y venta para el consumo humano de especies animales no definidas como animales de granja, excepto aquellas especies silvestres criadas en zoocriaderos o provenientes de áreas de manejo autorizadas.

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