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Este viernes 19 de agosto, el Poder Judicial declaró infundada la tutela de derechos a favor del presidente Pedro Castillo, promovida por su defensa Benji Espinoza, en la investigación preliminar que se le sigue por el presunto delito de encubrimiento personal.

“Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria declara infundada tutela de derechos promovida por la defensa del presidente Pedro Castillo Terrones, en la investigación preliminar que se le sigue por presunto delito de encubrimiento personal”, se lee en Twitter.

El juez supremo Juan Carlos Checkley concluyó que en este caso no se vulneró el derecho al debido proceso ni el derecho a la defensa cuando el Ministerio Público tomó la declaración del exministro del Interior Mariano González, el pasado 20 de julio.

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Precisa también que la fiscalía sí puede realizar actuación o indagación previa para definir si dispone iniciar, o no, la investigación preliminar o diligencias preliminares, pues así lo habilita la Constitución, el Código Procesal Penal y otras normas.

En otro momento, el abogado de la pareja presidencial, Benji Espinoza, declaró a un medio local que dicho recurso se había presentado por violar el principio de legalidad procesal, la seguridad jurídica y el derecho de defensa.

“Se tomó la declaración de Mariano González como testigo a solas, en solitario con la fiscalía, sin convocar a la defensa, impidiendo el contrainterrogatorio, impidiendo la participación de la defensa en la diligencia”, expresó.

Además, sostuvo que las filtraciones están prohibidas, según la Ley Procesal Penal, y que las actuaciones reservadas no se pueden dar a conocer por medios distintos, por lo que aseveró que la Fiscalía es responsable por “acción deliberada o por omisión”.

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