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Allegados al gobierno reclama a Karelim López pruebas de sus afirmaciones sobre vinculaciones del presidente de la República en los delitos imputados, en los que han intervenido Bruno Pacheco, los sobrinos, funcionarios del Ministerio de Transportes, empresarios chinos, peruanos, etc.

Que se entiende por colaborador eficaz: Es quien ha cometido un delito como autor o partícipe y solicita al fiscal acogerse a este beneficio premial, aceptando haber intervenido en la comisión del delito, brindando información de quienes han intervenido y participado, la forma y circunstancias de ejecución, aportando datos de manera urgente y eficaz, para corroborar dicha información brindada al fiscal y, llegado el caso, llega a un acuerdo, en cuanto a la pena y reparación civil; basado en la información proporcionada, posteriormente, este acuerdo es sometido al juez, quien previa audiencia con la convocatoria a todas las partes, aprueba o desaprueba el acuerdo al que han llegado el fiscal y colaborador, fijando la pena y reparación civil o eximirlo de culpabilidad.

En tanto que, el aspirante a colaborador, reconocido por la Corte Suprema, es aquel, inicia ante el fiscal el pedido de colaborador y sus afirmaciones tienen que ser corroboradas, para acreditar el delito y la responsabilidad del sindicado como autor o partícipe, pero necesariamente, no está obligado a presentar pruebas directas, instrumentales, documentos, entonces, se recurre a la prueba indiciaria.

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Para tal efecto, deben existir pluralidad de indicios. INDICIO BASE, es el dato o in traformación, que está brindando, es decir, es el inicio de la información a corroborar; luego, tenemos el indicio causal, se configura con las reuniones de los empresarios con los sobrinos, Bruno Pacheco, en Palacio de gobierno, en la calle Sarratea, y, el indicio consecuencia, es el otorgamiento de los contratos o licitaciones directas obtenidas por los empresarios. Otra imputación a la pareja presidencial es el haber plagiado parte de su tesis para la obtención de su grado de magister, otorgado por la Universidad César Vallejo y, además, el haberse consignado como evaluadores de la misma a dos personas inexistentes; el delito de plagio se configura cuando en este caso en la tesis se copia parte de la misma, sin consignar a los verdaderos autores, mereciendo de 4 a 8 años.

También se podría configurar el delito de falsedad ideológica, el que inserta o hace insertar en instrumento público, declaraciones falsas concernientes a hechos que deben probarse con el documento, para emplearse como si la declaración conforme a la verdad, el grado de Magister es un documento público, a nombre de la Nación, mereciendo de 3 a 6 años de pena privativa de libertad. Obtención del grado fue en 2012, pero, para los efectos, de dar inicio a una investigación tenía que haberse llevado a cabo en el 2020, o sea que el haber transcurrido más de 8 años, ha prescrito la acción penal.

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