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La pandemia del Covid-19 trajo como consecuencia el cierre de muchas actividades económicas, se perdieron 3 millones de empleos formales, otros trabajadores se vieron afectados por la reducción de ingresos y/o suspensión perfecta, esto provocó que las obligaciones financieras contraídas por estos ciudadanos no puedan ser atendidas. ¿Y qué hizo el Estado para apoyarlos? A mi entender, nada.

La Ley de Reprogramación de Deudas es potestad de las Entidades del Sistema Financiero (ESF),en donde se rebaja hasta en 25% la tasa de interés (que podía ser arriba del 100%) y se otorga una prórroga para el pago. La ley de usura que puso tasas máximas a los préstamos (el BCR la fijó en 83.4%), es aplicable para las nuevas operaciones, pues no hay retroactividad en la ley, por tanto, la gran mayoría de ciudadanos de a pie, que perdieron el empleo o vieron recortado sus ingresos, tenían dos opciones, atender sus necesidades básicas o pagar sus deudas. Sin embargo, a las empresas sí se les apoyó y no refinanciando sus deudas, sino con dinero fresco con Reactiva 1 y 2. Desde ese momento (hace más de un año),vengo insistiendo en la necesidad de que se otorgue el programa Reactiva Personas para los deudores que perdieron sus empleos, están o estuvieron en suspensión perfecta, o vieron disminuidos sus ingresos. En ningún plan de gobierno ni en primera ni en segunda vuelta se contempló el tema de los deudores financieros.

¿Cómo funcionaría Reactiva Personas? Mediante operaciones de Repos el BCR compraría la cartera de los deudores financieros que hayan visto afectados sus ingresos por pérdida de empleo, reducción de ingresos o suspensión perfecta (situación que puede ser validada la Sunat la cual emitiría un reporte tal como lo realizó para Reactiva donde se reflejan los ingresos mensuales de los años 2019; 2020; 2021),el crédito Reactiva Personas tendría una tasa alrededor del 3% para las obligaciones de tarjetas de crédito consumo y vehiculares, cartera que sería recomprada por las entidad financiera (operación de reporte),el plazo de pago sería de 4 años y un año de gracia. En el caso de los créditos hipotecarios se comprarían las cuotas de 4 años (48 cuotas) a una tasa del 2%, a partir de la cuota 49 el crédito regresaría a sus condiciones iniciales. En el Grupo de Beneficiarios también estarían incluidos las personas con ingresos de cuarta categoría y personas naturales con negocio. En todos los casos podrían acceder al beneficio deudores con clasificación hasta CPP a la fecha del inicio de las restricciones económicas.

Estamos atravesando la peor crisis económica de la historia del Perú, no es posible que no se atienda un problema que fue generado por el cierre de la economía como consecuencia de la pandemia y no por la falta de voluntad de pago de los deudores.

Esta operación beneficiaría también a las ESF, pues podrían levantar las provisiones de estos deudores, mejorando su hoja de balance que en muchos casos han generado pérdidas.

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