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Bastante expectativa ha causado en la comunidad jurídica y académica, la reciente convocatoria del procedimiento individual de evaluación integral y ratificación de 200 jueces y fiscales de todo el Perú.

La convocatoria realizada por la Junta Nacional de Justicia, se oficializa mediante Resolución Administrativa 001-2021-Ratificación/JNJ y es la primera vez que se realiza, después de su constitución como órgano constitucionalmente autónomo y que reemplaza al otrora Consejo Nacional de la Magistratura.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 de la Resolución Administrativa Nro. 260- 2020-JNJ, publicado el 20 de diciembre del 2020 en el Diario Oficial El Peruano, la finalidad del procedimiento de evaluación integral y ratificación, es fortalecer y mejorar el sistema de administración de justicia, promoviendo un servicio público independiente, imparcial, idóneo, predecible y confiable.

Asimismo, tiene por objeto asegurar el mantenimiento de las capacidades y cualidades personales y profesionales que garanticen el correcto ejercicio de las funciones fiscales y judiciales involucrados en tal procedimiento, para dicho propósito, la Junta Nacional de Justicia, en el marco de un proceso de rendición de cuentas, evalúa con objetividad la conducta, idoneidad y la capacidad de dirección y gestión de despachos a cargo de los jueces, juezas y fiscales cada siete años, para decidir su ratificación o no en el ejercicio de sus funciones.

Según se ha dado a conocer en su página institucional, se ha convocado para el proceso de ratificación a un total de 73 jueces y 127 fiscales de diferentes jurisdicciones, especialidades y jerarquía, los mismos que serán evaluados en esta primera convocatoria.

Para tal efecto, los magistrados tienen 45 días calendario para presentar todos los documentos requeridos por la JNJ, como la evaluación de su desempeño a través de la Ficha Única del Magistrado y además pueden presentarlos físicamente a través de la ventanilla de Tramite Documentario.

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Es importante precisar que, de conformidad con el nuevo marco normativo, los magistrados deben presentar las muestras de sus decisiones para evaluar su comprensión de los problemas jurídicos, su capacidad argumentativa, muestras de su eficiencia en la gestión de procesos o investigaciones, como por ejemplo conducir una audiencia, o qué tan céleres son respecto a su carga procesal, así como los informes sobre su organización en el trabajo y como manejan sus expedientes, archivos y además las constancias de sus permanentes capacitaciones.

Es importante participar, que los magistrados, como ningún funcionario público, están sometidos a un permanente control de su conducta funcional e idoneidad, pues los controla la Oficina de Control Interno del Ministerio Público, la Oficina de Control de la Magistratura, el Congreso de la República, los justiciables, la opinión pública, los medios de comunicación social y además la Junta Nacional de Justicia, vía procesos disciplinarios y proceso de ratificación.

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