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La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) habilitó en su sitio web un módulo web que facilita a los ciudadanos conocer si fueron sorteados miembros de mesa en las Elecciones Regionales y Municipales 2022. El link de acceso es:  https://consultaelectoral.onpe.gob.pe

Para conocer si resultaron sorteados miembros de mesa, titulares o suplentes en los comicios del 2 de octubre, los ciudadanos solo necesitarán colocar su DNI. Hay que precisar que esta divulgación tiene carácter preliminar, dado que la lista está sujeta a tacha, establecida por la Ley Orgánica de Elecciones.

El viernes 22 de julio, un total de 505,938 ciudadanos fueron seleccionados como miembros de mesa, entre titulares y suplentes, para las elecciones regionales y municipales del 2 de octubre.

A través de un sorteo público, las 93 oficinas descentralizadas de procesos electorales seleccionaron a tres miembros de mesa titulares y tres suplentes para cada una de las 84,323 mesas de sufragio que deberán instalarse en la jornada electoral. Desempeñará el cargo de presidente quien haya sido designado primer titular y el de secretario el segundo titular.

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Cada ODPE realizó el sorteo entre los 25 ciudadanos preseleccionados por el organismo electoral, por cada mesa de sufragio, en razón de contar con mayor grado de instrucción de la mesa correspondiente y no haber ejercido dicha labor en anteriores procesos electorales.

Tras los sorteos, cada ODPE publica, de forma preliminar, la lista de miembros de mesa para que cualquier ciudadano o personero pueda formular las tachas que estime pertinente, dentro de los tres (3) días hábiles contados a partir de la publicación. Así lo establece el artículo 60° de la Ley Orgánica de Elecciones.

Según esta norma, la tacha que no esté sustentada simultáneamente con prueba instrumental no es admitida a trámite por las ODPE. Las tachas sustentadas son enviadas el mismo día de recepción a los Jurados Electorales Especiales, los cuales las resuelven dentro del siguiente día de haber sido formuladas.

De acuerdo a la Ley Orgánica de Elecciones, no pueden ser miembro de mesa de sufragio, los candidatos y personeros de las organizaciones políticas, ni los funcionarios y empleados de los organismos electorales.

Tampoco las autoridades políticas ni los ciudadanos que integran los comités directivos de las organizaciones políticas inscritas en el Jurado Nacional de Elecciones, entre otros casos.

El domingo 2 de octubre, los ciudadanos sorteados tendrán la gran responsabilidad de conducir la instalación, el sufragio y el escrutinio en las mesas de sufragio que se deberán instalar en todo el país. Cada mesa de sufragio está reservada para 200 electores como mínimo y 300 como máximo.

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