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El Poder Ejecutivo planteó, a través de un proyecto de reforma constitucional, que la vacancia del presidente de la República sea por “incapacidad física o mental” y ya no por incapacidad moral permanente.

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El proyecto propone modificar el artículo 113 de la Constitución, numeral 2, que señala que el Presidente de la República deberá ser vacado por “permanente incapacidad mental o física que sea incompatible con el ejercicio de su función”.

Asimismo, indica que la incapacidad física o mental que presente el mandatario deberá ser “debidamente acreditada por una junta médica y declarada por no menos de los dos tercios del número legal de miembros del Congreso”.

Cabe resaltar que la Constitución Política del Perú manifiesta que el Jefe de Estado puede ser vacado del cargo “por su permanente incapacidad moral o física, declarada por el Congreso”.

Además, la iniciativa propone que el artículo 114, donde precisa los motivos de la vacancia presidencial, que el Presidente de la República sea retirado del cargo por incapacidad “temporal mental o física”, igualmente acreditada por una junta médica y declarada por dos tercios del número legal de parlamentarios.

Como se sabe, el Pleno del Congreso sesionará este martes desde las 4 de la tarde para debatir la insistencia a la autógrafa de ley, observada por el Ejecutivo, que interpreta la cuestión de confianza regulada en los artículos 132 y 133 de la Constitución.

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