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El Gobierno oficializó este sábado la obligación de contar con la tercera dosis de la vacuna contra la covid-19 a mayores de 18 años para poder ingresar a establecimientos público y privados, así como hacer trabajo presencial. Cabe indicar que esta medida regirá desde el 1 de abril.

Por lo tanto, los trabajadores del sector salud, choferes y cobradores de todo servicio de transporte público, así como as personas que brindan servicios como delivery, taxi y turismo deberán acreditar haber recibido en el Perú y el extranjero las tres vacunas para poder operar.

“Durante un plazo máximo de quince días calendario contados a partir de la entrada en vigencia del presente Decreto Supremo, pueden seguir realizando actividad laboral presencial los prestadores de servicios de la actividad privada y los trabajadores del sector público que no cuenten con la tercera dosis”, indica el dispositivo legal.

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La verificación del carné físico o virtual que acredite el cumplimiento de la aplicación de la vacunación contra la COVID-19, en el Perú o el extranjero, debe realizarse conjuntamente con algún documento oficial de identidad.

El cumplimiento de la aplicación de las tres dosis contra el COVID-19 permitirá a las personas ingresar a los centros comerciales, galerías comerciales, tiendas por departamento, tiendas en general, conglomerados, tiendas de abastecimiento de productos de primera necesidad, supermercados, mercados, restaurantes y afines en zonas internas.

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