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Atención. A través del Decreto Supremo N° 168-2021-PCM, el Gobierno estableció a nivel nacional que desde el 15 de diciembre del presente los choferes y cobradores de los servicios de transporte público y repartidores de delivery deberán acreditar vacunación completa contra la covid-19 para poder operar.

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“A partir del 15 de diciembre de 2021, los choferes y cobradores de todo servicio de transporte público, así como los choferes que brindan servicios de delivery solo podrán operar si acreditan su dosis completa de vacunación“, se lee en el numeral 14.8 del dispositivo legal.

De igual forma, deberán certificar las dos dosis los mayores de 18 años que deseen ingresar a espacios cerrados y  aquellas empresas con más de 10 trabajadores que operen de manera presencial con todos sus empleados.

El presente Decreto Supremo es refrendado por el presidente Castillo, la premier Mirtha Vásquez y todos los ministros. Con esto, el Gobierno busca incentivar la vacunación y evitar la llegada de la tercera ola en nuestro país.

Transporte interprovincial

Asimismo, el Poder Ejecutivo dispuso en todo el país que desde mañana 15 lunes de noviembre los mayores de 45 años solo podrán abordar el servicio de transporte interprovincial terrestre si acreditan sus dosis completas contra la infección.

Cabe recordar que el ministro de Salud, Hernando Cevallos, había adelantado esta medida durante una conferencia de prensa del Consejo de Ministros del pasado miércoles 13 de octubre.

“Si bien [la vacuna] es voluntaria, ningún ciudadano tiene derecho a contagiar a otro. Si uno viaja en ómnibus interprovincial, la persona que se sienta al lado tendrá menos posibilidades de contagiarse”, explicó Cevallos.

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