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Atención. Este miércoles, la Comisión de Trabajo del Congreso aprobó la jubilación anticipada para afiliados con 50 años, lo que permitirá que las personas que se encuentren desempleadas podrán acceder al régimen de jubilación anticipada en las AFP cuando cumplan dicha edad.

La iniciativa busca modificar la ley 30939, que regula dicho régimen. Los requisitos para acceder a este beneficio son haber cumplido la edad mencionada y estar en situación de desempleo.

De esta manera, los afiliados a entidades del Sistema Privado de Pensiones podrán solicitar a sus AFP hasta el 95.5% del fondo del que disponen en su cuenta individual de capitalización.

Asimismo, el monto retirado será intangible y solo estará sujeto a las retenciones judiciales derivadas de deudas alimentarias, como lo precisa el proyecto en cuestión.

Por otro lado, en un plazo no mayor de 30 días posteriores a la puesta en vigencia de la ley, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP deberán determinar los procedimientos para que se hagan efectivos los retiros solicitados.

DATO

La ley vigente para estos casos fija en 55 años la edad mínima para la jubilación anticipada. Esto en el caso de los varones, pues para las mujeres es de 50 años de edad.

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