En 1993, se promulgó el Decreto Ley N.° 25981, que tenía como objetivo aumentar los salarios. No obstante, esta medida nunca se puso en práctica, propuesta fue presentada por el parlamentario Flavio Cruz, miembro de Perú Libre
El congresista Flavio Cruz Mamani, perteneciente a Perú Libre, sugiere el reconocimiento de un aumento del 10% en las remuneraciones mensuales para los trabajadores en servicio y jubilados que contribuyeron al Fondo Nacional de Vivienda (Fonavi), conforme a lo establecido en el artículo 2 del Decreto Ley N.° 25981. Esta disposición beneficiaría a cerca de un millón de personas que sirvieron en el ámbito público, según la Asociación Federación Nacional de Fonavistas y Pensionistas del Perú (Fenaf Perú).
El Proyecto de Ley 5988 especifica que hay dos requisitos para calificar como beneficiario: haber trabajado como empleado con un salario sujeto a la contribución del Fonavi y haber mantenido una relación laboral en vigor hasta el 31 de diciembre de 1992. Además, se enfatiza que los litigios en curso no impedirán la aplicación de lo establecido en la norma para los fonavistas.
El Decreto Ley N.° 25981, en vigor desde enero de 1993, modificó la tasa de contribución al Fonavi al 9%, en contraste con el 1% anterior, y estableció que los trabajadores con contratos vigentes a partir del 1 de enero de ese año tendrían derecho a recibir un incremento salarial equivalente al 10%. Sin embargo, esta medida nunca se implementó, lo que ha llevado a muchos trabajadores a recurrir a la vía judicial.
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“Los trabajadores de sector público venían haciendo cumplir la Ley 25981 en juicios de manera individual, hay algunos casos que ya ganaron, pero eso demanda recursos y tiempo, siendo una Ley su aplicación en el sector público debió ser automática. Así que es una gran iniciativa del congresista Flavio Cruz que nosotros desde la Asociación Fenaf Perú respaldamos”, dijo a La República Jorge Milla, miembro del gremio que representa a los fonavistas.
Antes de que la propuesta se someta a discusión y votación en el Pleno del Congreso, será sometida a un análisis por parte de las comisiones correspondientes. Si recibe la aprobación, el Gobierno dispondrá de un período de 60 días para llevar a cabo la reglamentación de la medida.
Conoce aquí los pasos para que no jubilados cobren Fonavi
Durante la emisión del programa ‘En Defensa de la Verdad’, presentado por Cecilia García, el invitado subrayó que los fonavistas que aún no han jubilado deben dirigirse a la Oficina de Normalización Previsional (ONP) y requerir una “certificación anticipada de sus contribuciones”, con el fin de fortalecer sus casos y agilizar el proceso ante la Comisión Ad Hoc.
“El fonavista si no es jubilado tiene que recoger los documentos que tiene, ir a la ONP y pedir una acreditación anticipada de aportes (…) Para que tenga mayor peso y nos permita a los miembros de la Comisión Ad Hoc también acelerar el proceso de estos caso, es que lo lleve a la ONP es una fuente oficial que va a verificar y constatar que si es cierto”, declaró.
Además, Milla explicó que después de esto, se requiere presentar la certificación, ya sea de manera presencial o a través de medios electrónicos, ante la secretaría técnica del Fondo Nacional de Vivienda.
“Luego lo lleva a la secretaría técnica, presencialmente en Carabaya o virtualmente en la página. Lo ingresa y ese número de expediente si gusta no los puede enviar a nosotros para hacer el seguimiento del caso, esa esa la formalidad”, agregó.
También, el entrevistado mencionó que la secretaría técnica está encargada de asegurarse de que todo esté listo para el 14 de diciembre, día en el que los trabajadores y jubilados comenzarán a recibir sus reembolsos como contribuyentes.