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La devolución no te excluye de la obligación de presentar tu Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta, en caso estés obligado

La devolución de oficio que se viene aplicando desde el 2017 consiste en que, si eres un trabajor que percibe rentas de trabajo (cuarta o quinta categoría) y la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) determina a fin de año que tienes un saldo mayor al que te corresponde pagar, la entidad te deberá devolver el monto excedente, conoce aquí cómo.

SALDO A FAVOR

Antes de comenzar, el saldo excedente o a favor es producto de la deducción de los gastos adicionales de hasta 3 UIT generados por tus consumos en restaurantes, hoteles, turismo, artesanía, alquiler de inmuebles, servicios profesionales u oficios y pagos del aporte a EsSalud por los trabajadores del hogar.

Cabe señalar que, esta devolución no te excluye de la obligación de presentar tu Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta, en caso estés obligado.

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REQUISITOS

  • Clave SOL.
  • Cuenta de ahorros.

PROCEDIMIENTO:

  • Ingresa tus datos para iniciar sesión
  • Selecciona “Otras declaraciones y solicitudes”
  • Luego accede a “Mis devoluciones, Devoluciones, Código de Cuenta Interbancaria (CCI) Renta Anual”
  • Completa los datos solicitados.

Si deseas consultar el número de CCI que registraste tú o tu empleador, accede con tu Clave SOL a Otras declaraciones y solicitudes / Mis devoluciones / Devoluciones / Consulta de Códigos de Cuenta Interbancarios Informados.

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DEVOLUCIÓN

El resultado del trámite se enviará mediante correo electrónico o en el buzón electrónico de la Sunat, el monto autorizado se abonará a la cuenta bancaria que hayas informado mediante el registro de Código de Cuenta Interbancario (CCI) directamente desde tu clave SOL.

Esta devolución se realizará a partir del día hábil siguiente de terminado el cronograma de vencimientos para la presentación de la Declaración Jurada Anual y dentro de los 30 días hábiles.

Si no estás de acuerdo con el resultado o crees que te corresponde un monto mayor, presenta tu declaración de impuestos y solicita la devolución.

SI DESEA PUEDE LEER LA SIGUIENTE NOTA:

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