CONOCE CÓMO LOGRAR QUE RECONOZCAN TUS APORTES Y RECUPERARLOS AL 100%
BASE LEGAL: Ley N° 29625 “Ley de devolución de dinero del Fonavi a los trabajadores que contribuyeron al mismo”, arts. 1°, 2°, 3°, 4°, 8° y 9°. Sentencia del Tribunal Constitucional expediente n° 012-2014- PI/TC, fundamento jurídico 25, otras normas y sentencias
A) FONAVISTA BENEFICIARIO:
Es la persona natural que laboró durante el periodo de vigencia del Fonavi (1° de julio 1979 al 31 de agosto 1998) y se encuentra registrado en el Padrón Nacional de Fonavistas beneficiarios de la presente ley n° 29625 debidamente acreditado con su historia laboral y sus aportaciones (trabajador y empleador)
B) ACREDITACIÓN:
Es el proceso mediante el cual se acredita:
1°) La historia laboral del periodo Fonavi (f1-instituciones privadas o públicas donde laboro el fonavista durante el periodo de vigencia del Fonavi),y 2°) La identificación de las aportaciones (trabajador-empleador del periodo comprendido desde el 01 de enero de 1980 al 31 de agosto de 1998).
El proceso de acreditación se efectúa ante las cuatro fuentes oficiales establecidas en los arts. 22 y 23 del reglamento:
1°) La Oficina de Normalización Previsional –ONP (periodos de aportación al sistema nacional de pensiones y ubicación de los libros de planillas),
2°) La Superintendencia de Banca, Seguros y Afps, (periodos de aportaciones desde julio 1993 hasta agosto 1998)
3°) LOS EMPLEADORES PÚBLICOS (LIBROS DE PLANILLAS),Y
4°) LOS EMPLEADORES PRIVADOS (Libros De Planilla
C) CUENTA INDIVIDUAL:
El artículo 2° de la Ley 29625 se dispone la conformación de la cuenta individual para cada fonavista con sus aportaciones y la de sus respectivos empleadores, para determinar su valor total actualizado y aplicarle la tasa de interés legal efectiva desde el primer día del aporte hasta el día del pago, el mismo que debe efectuarse conforme a lo dispuesto en el artículo 1236° del Código Civil: “cuando deba restituirse el valor de una prestación, aquel se calcula conforme al valor que tenga al día del pago…”
Cada fonavista tiene un expediente administrativo, registrado en el sistema de información Fonavi-Sifonavi en el que se registra la cuenta individual que debe contener la información de los periodos laborados durante la vigencia del Fonavi y las aportaciones del trabajador y empleador.
D) CERTIFICADO DE RECONOCIMIENTO DE APORTACIONES Y DERECHOS DEL FONAVISTA-CERADF
Es el documento que contiene el valor total actualizado de las aportaciones (trabajador y empleador) y derechos a devolverse de cada fonavista, es un título valor que expresa deuda pública (garantizado por el tesoro público) y un acreedor (el fonavista),es individual y negociable.
E) PADRON NACIONAL DE FONAVISTAS BENEFICIARIOS DE LA PRESENTE LEY N° 29625
Es el conjunto de personas que se encuentran reconocidas en el Padrón Nacional de Fonavistas de la ley 29625 con su cuenta individual con derecho a la entrega de su certificado de reconocimiento de aportaciones y derechos del fonavista, conforme a los procedimientos establecidos en los arts. 1°; 2° y 3° de la Ley n° 29625 precisadas por las leyes 31173 y 31454.
PROCESO DE ACREDITACIÓN
El proceso de acreditación de fonavista de la ley 29625, consta de tres pasos básicos:
1° Acreditar la historia laboral y las aportaciones ante las instituciones establecidas en los arts. 22° y 23° del reglamento
2° Solicitud dirigida a la comisión ad hoc creada por la Ley n° 29625 solicitando su expediente administrativo para verificar el estado actual de su cuenta individual.
1° Acredita la historia laboral y las aportaciones ante las instituciones establecidas en los arts. 22° y 23° del reglamento A) Acreditación de la historia laboral
PARA LOS TRABAJADORES DEL SECTOR PRIVADO:ONP LOS DEL REGIMEN DE LA LEY 19990
1°) CON PENSIÓN DE JUBILACIÓN: La resolución de jubilación con su hoja de liquidación y su cuadro resumen de aportaciones (los pensionistas)
2°) SIN PENSIÓN DE JUBILACIÓN, PERO CON RESOLUCIÓN:
La resolución denegatoria y el cuadro resumen de aportaciones
LOS DEL RÉGIMEN DE LA LEY18846
1°) La respectiva resolución de invalidez, siempre y cuando la ONP haya acreditados los años de aportaciones 2° Si además reciben la pensión de jubilación, traer la resolución de jubilación completa.
LOS/LAS PENSIONISTAS DE VIUDEZ:
1°) La resolución de jubilación del titular, si al momento de fallecer tenia pensión de jubilación 2°) Si el titular falleció sin pensión y fue el cónyuge el que gestionó la pensión de viudez, la resolución de viudez En ambos casos completa y con su cuadro resumen de aportaciones.
PARA LOS AFILIADOS AFP
1°) Estado de cuenta de aportaciones (abril 1993-agosto 1998) dependiendo del año y mes de afiliación al SPP
2°) Si tiene bono de reconocimiento, la resolución emitida por la ONP
3°) Si todavía no tiene bono de reconocimiento hacer la acreditación anticipada de aportaciones ante la ONP, presentando todos sus certificados y otros que acrediten su vínculo laboral.
En general para todas aquellas personas que aún no tienen registrada historia laboral en la Oficina de Normalización Previsional, porque no han efectuado ningún trámite, deberán hacer la acreditación anticipada de aportaciones.
Solicitar el expediente administrativo de jubilación, invalidez, viudez, de bono de reconocimiento, según sea el caso, mediante medio magnético (cd) Importante.
– Adjuntar los certificado de trabajo y/o la constancia de remuneraciones y aportes al Fonavi/retenciones de ley, emitidos por sus ex empleadores (solo en caso de tenerlas).
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PARA LOS TRABAJADORES DEL SECTOR PÚBLICO:
1°) Nombramiento/reasignaciones/resolución de cese
B) ACREDITACIÓN DE LAS APORTACIONES PARA LOS TRABAJADORES DEL SECTOR PRIVADO:
1° Ubicar los libros de planillas mediante el formulario 100, solicitud de acceso a la información pública-Onp El f 100 deberá contener lo siguiente:
A) La dirección actualizada donde la ONP verifica los libros de planillas de la/las empresas(s) Sociedad Anónima Minera Regina Ruc n° 20100178827 periodo 02/05/1978 al 22/12/1982 Si son muchas empresas hacer relación adjunta
B) Copia del oficio mediante el cual envió la información relativa a mi historia laboral conforme a lo dispuesto en el art. 22° del D.S. n° 006-212-EF, reglamento de la Ley n° 29625
C) Copia de la información relativa a mi historia laboral remitida mediante el oficio solicitado, y
D) Copia en medio magnético de mi expediente n° xxxxxxxxxxxxx de Bono de Reconocimiento. En la dirección proporcionada por la ONP, solicitar la constancia de pago de remuneraciones y aportes efectuadas como trabajador y las efectuadas por el empleador al Fonavi.
PARA LOS TRABAJADORES DEL SECTOR PÚBLICO:
1° Solicitar ante la dependencia donde laboró (a)/o cesó en sus labores, su constancia de pagos y aportes al Fonavi.
2° Solicitar su expediente administrativo a la Comisión ad hoc creada por la Ley N° 29625
1°) Solicitar la copia de su expediente administrativo elaborado por la comisión ad hoc creada por la Ley n° 29625 en función a la información proporcionada por las instituciones establecidas en los arts. 22° y 23° del D.S. N° 006- 2012-EF.
La solicitud deberá ser dirigida a la unidad ejecutora n° 009-Secretaria Técnica de apoyo a la Comisión ad hoc creada por la ley n° 29625, funcionario responsable Mauricio Gonzalez Angulo, con el siguiente tenor: Solicito la copia completa de la información relativa a mi historia laboral remitida en el marco de lo dispuesto en el art. 22° y la identificación de las aportaciones de mis ex empleadores y como trabajador aportante, conforme al art. 23°, del D.S. N° 006-2012-EF, Reglamento de la Ley 29625.
CÓMO PRESENTAR LOS DOCUMENTOS
El fonavista debe presentar su historial laboral, del periodo laborado durante la vigencia del Fonavi enero 1980 agosto 1998, la presentación de la información se hace a través del formulario n° 1.
Conforme al Artículo 22 del D.S. N° 006-2012-EF, reglamento de la Ley 29625, la información remitida mediante el F-1 debe ser validad por la ONP, la AFP y los empleadores.
En el caso del fonavista cuyo historial laboral publicamos, la ONP corroboró, validó su información que ya tenía registrada en sus archivos, y la remitió a la comisión ad hoc para acreditar que el señor trabajó en el periodo de vigencia del Fonavi y por lo tanto es fonavista.
Conforme lo dispone el art 23 del D.S. 006-2012-ef, las aportaciones deben ser identificadas por los empleadores, a través de los libros de planillas, con la finalidad de conformar la cuenta individual para la determinación de su valor total actualizado, en expediente administrativo debe contener fundamentalmente las aportaciones efectuadas en cada periodo de tiempo (semanal, quincenal, mensual).
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