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Si tus padres fallecieron y no repartieron sus bienes, conoce los plazos y costos

Quienes consideren tener derecho a la herencia de bienes o patrimonio de una persona que falleció sin dejar un testamento, como el cónyuge, conviviente, hijos o padres, pueden acudir a una notaría autorizada o a un juzgado e iniciar un trámite de declaratoria de herederos.

Conocida también como sucesión intestada, esta no solo opera ante ausencia total de testamento, que vendría a ser el caso típico, sino que “también se da cuando, existiendo testamento el testador no ha instituido herederos, o no existiendo herederos forzosos no ha instituido herederos voluntarios, o no ha dispuesto de todos sus bienes en legados, o cuando algunas disposiciones testamentarias terminan siendo invalidadas”.

¿EN QUÉ CASOS SE HACE ESTO?

En estos supuestos nos encontramos con sucesiones mixtas, y ello es posible en casos donde se aplica el testamento, pero también se acude a las normas de sucesión legal. La herencia corresponde a los herederos legales cuando:

Hay casos atípicos en los que se solicita la sucesión intestada.

  • El causante muere sin dejar testamento; el que otorgó ha sido declarado nulo total o parcialmente; ha caducado por falta de comprobación judicial; o se declara inválida la desheredación.
  • El testamento no contiene institución de heredero, o se ha declarado la caducidad o invalidez de la disposición que lo instituye.
  • El heredero forzoso muere antes que el testador, renuncia a la herencia o la pierde por indignidad o desheredación y no tiene descendientes.
  • El heredero voluntario o el legatario muere antes que el testador; o por no haberse cumplido la condición establecida por éste; o por renuncia, o por haberse declarado indignos a estos sucesores sin sustitutos designados.
  • El testador que no tiene herederos forzosos o voluntarios instituidos en testamento, no ha dispuesto de todos sus bienes en legados, en cuyo caso la sucesión legal sólo funciona con respecto a los bienes de que no dispuso.

LA DEMANDA DE DECLARATORIA DE HEREDEROS

El primer paso para llevar a cabo la declaratoria de herederos por la vía judicial es la interposición de una demanda de sucesión intestada ante el juez competente. Dicha demanda debe ser redactada por un abogado especialista en derecho de familia o sucesiones y, además, debe cumplir los siguientes requisitos:

  1. Debe designar al juez al que debe ser dirigida.
  2. Debe exponer los hechos que sustentan el pedido. Es decir, debe indicar que se solicita la declaratoria de herederos en vista de que el causante no ha dejado testamento alguno o que el que dejo ha sido declarado nulo (o cualquiera de los supuestos de sucesión intestada).
  3. Debe invocar los artículos que sustentan el pedido de sucesión intestada.

El proceso se inicia con la presentación de una solicitud ante un notario competente y culmina con la elaboración de un acta notarial que contiene la declaratoria de herederos.

¿CÓMO TRAMITAR UNA DECLARATORIA DE HEREDEROS?

Acudir a la notaría o al juez con la siguiente documentación:

  • Solicitud de sucesión intestada, la cual debe llevar la firma de todos quienes desean ser considerados herederos y estar autorizada por un abogado.
  • Partida de defunción del titular o propietario de los bienes.
  • Documentos para acreditar vínculo: partida de matrimonio o certificado de unión de hecho y las partidas de nacimiento de los hijos.
  • Certificado negativo de sucesión intestada expedida por la Sunarp. (Acredita que no hay ninguna inscripción o trámite en curso sobre una sucesión).
  • Certificado negativo de testamento emitido por Sunarp. (Acredita que no hay ninguna inscripción o trámite en curso de un testamento).
  • Los solicitantes deben presentar DNI y pasar el control biométrico.

ASÍ ES EL PASO A PASO

El notario o el juez, en el transcurso del proceso de declaratoria de herederos, deberá solicitar la publicación del trámite de sucesión intestada en el diario oficial El Peruano u otro de circulación nacional para que las personas que también se consideren con derecho a heredar puedan manifestar su deseo de ser incluidos en la sucesión.

Una vez emitida el acta notarial o judicial, que declara a los herederos.

Se deberá inscribir la sucesión intestada en el registro correspondiente de la Sunarp. Para ello, se debe presentar el formato de solicitud de inscripción y el acta notarial o judicial de sucesión intestada.

La tasa registral por la calificación de inscripción de la sucesión intestada es de S/20.

El plazo para la inscripción de la sucesión intestada es de 48 horas.

¿QUIÉNES PUEDEN PEDIR LA DECLARATORIA DE HEREDEROS?

La sucesión intestada puede ser solicitada y tramitada por todas las personas que consideren que tienen derecho a heredar. Esto es, por el cónyuge, por la conviviente, por los hijos, por los padres. La solicitud que se presente ante el notario o juez, debe contener a todos los posibles herederos.

¿CÓMO SOLICITAR UN CERTIFICADO POSITIVO O NEGATIVO DE SUCESIÓN INTESTADA?

Para solicitar certificado positivo o negativo de sucesión intestada solo sigue estos pasos:

  • Ingresar a tu usuario SPRL: https://bit.ly/2yH1WsK
  • Seleccionar la opción “Solicitar publicidad certificada (vigencias, CRI, etc.)”
  • Seleccionar registro de personas naturales.
  • Haz clic en certificado positivo o negativo de sucesión intestada.
  • Paga tasa de S/11 de manera directa con tarjeta de crédito o débito.
  • El documento será remitido a tu correo y podrás descargarlo. Debes tener tu código de verificación a la mano, pero si no lo tienes puedes descargarlo entrando en estado de solicitud de publicidad.
  • El plazo de envío al correo es de 3 días hábiles.

¿CÓMO SOLICITAR UN CERTIFICADO NEGATIVO DE TESTAMENTO?

Uno puede averiguar si su familiar fallecido dejó o no un testamento de la siguiente forma:

  • Ingresar a tu usuario SPRL: https://bit.ly/2yH1WsK
  • Seleccionar la opción “Solicitar publicidad certificada (vigencias, CRI, etc.)”.
  • Seleccionar registro de personas naturales.
  • Haz clic en certificado positivo o negativo de inscripción de testamento.
  • Pagar S/11 de manera directa con tarjeta de crédito o débito.
  • El documento será remitido a tu correo y podrás descargarlo.

INSCRIPCIÓN DE DECLARATORIA DE HEREDEROS

La sentencia o acta notarial que contiene la declaración de herederos se constituye como título válido y suficiente para ejercer el derecho de propiedad.

Ahora bien, tras la obtención de la sentencia, el siguiente paso es su inscripción en el registro de sucesiones intestada, a efectos de perfeccionar el derecho de propiedad que se ha obtenido como resultado de la trasmisión.

COSTO DE DECLARATORIA DE HEREDEROS

El costo de la declaratoria de herederos variará en función de la vía que se haya elegido para tramitarla. El costo por la vía notarial asciende a aproximadamente a 1000 o 1200 soles; por otro lado, el costo en la vía judicial puede ser menor.

Vale recordar que al monto mencionado debe añadírsele los honorarios del abogado que lo esté asesorando.

Debes saber que en la declaración de herederos no se realiza el reparto de los bienes del fallecido, aunque sí se determina el porcentaje que cada uno hereda.

Por tanto, obtenida el Acta de Declaración de Herederos, deberás aceptar y repartir la herencia en escritura pública ante Notario.