Super Mensajes

Con el nuevo cálculo de devolución de aportes del FONAVI, cada excontribuyente debe recibir por lo menos S/. 16,500, equivalente a 22 sueldos mínimos y no la suma de S/. 3,000 (y menos) como pago durante el tiempo que se dio los “adelantos”.

Estos son los cálculos técnicos que deberá aplicar la Comisión Ad Hoc próxima a trabajar en conjunto

Para tal fin, las cifras deben ser determinadas, luego que sesione la Comisión Ad Hoc del FONAVI con todos sus miembros completos, tomando como base en Plan Operativo desarrollado por los dirigentes fonavistas, quienes ya han facilitado el trabajo del proceso de devolución de aportes a fin que los pagos sean inmediatos.

 

En un simple cálculo aritmético, se puede concluir que, si un trabajador laboró ininterrumpidamente, en período fonavista (1979-1998),acumuló un total de 17 sueldos e incluyendo un interés legal anual de 2.2%, este aumenta a 22 sueldos.

En el caso más extremo, si un trabajador solo hubiera recibido sueldo mínimo vital durante todo el tiempo que aportó al FONAVI, debería recibir, por lo menos S/. 16,500, equivalente a 22 sueldos mínimos. Sin embargo, en el pago anterior (adelanto) esto se redujo a sólo S/. 3,000.

Sin embargo, con la nueva Ley Fonavista aprobada en el Congreso y que avala a la ley 29625, los fonavistas ya no cobrarán más adelanto, sus pagos serán completos y con el valor monetario actual. A cada uno se le abonará conforme lo aportado hasta 1993 y durante 17 sueldos.

17 SUELDOS FUE EL APORTE DE CADA TRABAJADOR AL FONAVI

El primer aporte mensual fue de 5% (1% por el trabajador y 4% por el empleador) y las tasas fueron variando a lo largo de los 19 años de su existencia, según el clima político, hasta que fue finalmente eliminado por el gobierno de Fujimori (27/08/1998).

Si bien dicen que la hiperinflación de 1988-1990 redujo sustancialmente los fondos acumulados en el FONAVI hasta casi desaparecerlos, esto no borra los aportes de 1991 a 1998, que acumulan un fondo equivalente a nueve sueldos sin intereses y de 12 sueldos con el interés legal anual.

EL CERTIFICADO DE APORTACIONES PARA INICIAR LOS PAGOS

Todo lo dicho anteriormente se hará realidad, toda vez que la nueva Comisión Ad Hoc, realice el proceso de devolución y el pago a los fonavistas para lo cual se tendrá que construir su historial laboral para luego entregar a cada fonavista su Certificado de Aportaciones, único documento que avala el monto de la devolución de aportes.

ACUERDOS COMISIÓN AD HOC (LA PARTE FONAVISTA)

En la primera sesión se acordó implementar el Plan Operativo que establece la segunda disposición final de la Ley 31173, dándose inicio a los procesos para la construcción de la cuenta individual a cada fonavista; este Plan se ha venido trabajando en las siguientes sesiones.

La cuenta individual, en el marco del Articulo 1 y 2 de la Ley 29625 y los Artículos 2 y 3 de la Ley 31173, contiene la relación de las aportaciones del trabajador (enero 1980-julio 1995) y del empleador (enero 1980-agosto 1998).

La Ley 31173 establece el derecho a la devolución de ambas aportaciones efectuadas por el trabajador y sus empleadores, la actualización aplicando el Índice de Precios al Consumidor, de las aportaciones efectuadas en el tiempo (1979-1998) y en diversas monedas y la naturaleza de Título Valor  del Certificado de Reconocimiento de Aportaciones y Derechos que representa deuda pública.

Los procedimientos para la identificación de las aportaciones se encuentran detallados en el Art. 23° del Reglamento de la Ley 29625 aprobado mediante Decreto Supremo N° 006-2012-EF, publicado en el Diario El Peruano el 13 de enero de 2012, las aportaciones del trabajador y empleador deberán ser remitidas a la Comision Ad Hoc mediante el Formulario N° 2, formato que se detalla en el D.S. N° 282-2013-EF, publicado el 16 de noviembre del 2013.

Leer también [Sutep anuncia marcha para este 28 de junio]

Los documentos oficiales donde se encuentran registradas las aportaciones son los libros de planillas y /o las boletas de pago de sueldos y salarios y/o las constancias emitidas por el empleador donde detalla las remuneraciones y aportaciones (mensualizada),también contienen información de las aportaciones (anualizada) los certificados de retención de rentas de 5ta categoría.

Acatando el acuerdo de la Comisión Ad Hoc, la Unidad Ejecutora N° 009-Secretaria Técnica de Apoyo a la Comisión Ad Hoc creada por la Ley 29625, ha efectuado, en su portal web, en su portal web, la publicación oficial del Formulario N° 02 para el registro de las aportaciones del trabajador y empleador.

LOS REQUISITOS

En otras palabras, el proceso de devolución dio su primer paso; también se debe tener en cuenta que cientos de miles de fonavistas no cuentan en su poder con la información de sus aportaciones, es decir no tienen las boletas de pago ni otro documento que permita la identificación, para tal efecto deberán traer los siguientes documentos según sea el caso (trabajadores públicos o privados):

  • Certificados de trabajo,
  • Cuadro resumen de aportaciones (ONP),
  • Constancia de pago de remuneraciones y descuentos de Ley,
  • Resolución de cese (públicos),
  • estado de cuenta, del año 1993 a 1998 (afiliados a la AFP)
  • Boletas de pago de remuneraciones
  • Certificados de retención de renta de 5ta categoría
  • Y cualquier otro documento que permita ubicar los libros de planillas e identificar las aportaciones.
TABLA OFICIAL DE APORTES AL FONDO DE VIVIENDA-FONAVI

 

PERÍODOPERÍODOSMESESDESCONTADOS
30/06 AL 31/07 DE 1979AÑO 19791S/102.50
31 DE AGOSTO DE 1979 2S/205.00
30 DE SETIEMB. DE 1979 3S/307.50
31 DE OCTUB.  DE 1979 4S/410.00
30 DE NOVIEM. DE 1979 5S/512.50
31 DE DICIEMB. DE 1979 6S/615.00
27 DE DICIEMBREAÑO 198012S/1,230
 AÑO 198112S/2,460
 AÑO 198212S/3,690
 AÑO 198312S/4,920
 AÑO 198412S/6,150
 AÑO 198512S/7,380
 AÑO 19866S/7,995
    
02 DE JUNIO DE 1986AÑO 19866S/8,610
 AÑO 198712S/9,840
 AÑO 198812S/11,070
 AÑO 198912S/12,300
 AÑO 199012S/13,530
 AÑO 199112S/14,760
05 DE FEBRERO DE 1992AÑO 199210S/19,492.61
    
23 DE DICIEM. DE 1992AÑO 199310S/24,225.21
13 DE OCTUBRE DE 1993AÑO19933S/25,644.99
 AÑO 199412S/31,324.12
 AÑO 19958S/35,110.21
17 DE JULIO DE 1995AÑO 19956S/37,949.78
 AÑO 199612S/43,628.91
01 DE ENERO DE 1997AÑO 19977S/2,695.09
TOTAL  S/46,939.00

La entrada Cerca de 17 mil soles recibirás del FONAVI equivalente a 22 sueldos se publicó primero en El Men.