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La Superintendencia de Ban­ca, Seguros y AFP (SBS) autorizó a las entidades del sistema financiero a adoptar medidas de excepción a ser aplicadas a los créditos de deudores minoristas que puedan haber sido afectados en las zonas en estado de emergencia con intensas lluvias y desbordes de ríos que impactan actualmente a diversas regiones del país, incluida Lima Metropolitana.

Según el Oficio Múltiple N° 12174-2023-SBS, estas medi­das serán evaluadas por cada empresa del sistema financie­ro, de acuerdo con el alcance geográfico que determine y previo análisis del nivel de impacto sobre su portafolio de deudores.

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En ese sentido, las entidades financieras quedan facultadas a modificar las condiciones contractuales de los créditos minoristas (consumo, hipo­tecario, microempresa y pe­queña empresa),sin que esto constituya una refinanciación (ni un deterioro en la califica­ción crediticia de los deudores),pudiendo ampliar el plazo total de los referidos créditos hasta por seis meses del plazo original.

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