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El compromiso y los avances hechos por el anterior gobierno de Martín Vizcarra para reajustar la pensión de los jubilados del DL 19990 es una promesa que debe cumplirse por el presente gobierno de Francisco Sagasti, pues las pensiones de los jubilados son tan bajas que no se ajustan a la canasta básica familiar llegando una pensión mínima a escasos 500 soles.

Conversaciones están avanzadas y en breve se debería dar incremento

Y si bien es cierto que en julio asume un nuevo gobierno, es prioridad de la actual administración gubernamental tomar acciones urgentes en los temas más importantes del país, siendo la crítica situación de los jubilados del DL 19990 un punto importante a resolver, pues muchos cesantes se están muriendo debido a la crisis, aunque suene duro decirlo.

El incremento o reajuste de pensiones es un tema que quedó inconcluso por la pandemia del coronavirus, pues el propio ex presidente Martín Vizcarra y el ex premier, Vicente Zeballos, en marzo del año pasado lo ofrecieron y se llegaron a varios acuerdos que quedaron en pendientes como consecuencia de la pandemia; además es un tema de justicia ya que las pensiones de los jubilados del DL 19990 no se ajusta al costo de vida, peor aún en tiempos de COVID-19.

En el mes de marzo del 2020, la Central Nacional de Trabajadores, Jubilados y Pensionistas del Perú – CENATRAJUPE, se reunió con representantes de la Presidencia del Consejo de Ministros para coordinar el aumento de las pensiones de los jubilados de las Leyes 19990, 18846 y 20530 a fin se pueda nivelar a una Remuneración Mínima Vital (RMV),(que llega a 930 soles) así como otros reclamos.

LOS AVANCES

Para este justo reclamo, se llegó a realizar reuniones con el jefe de Asesores del Gabinete del entonces premier Vicente Zeballos Salinas, ex presidente del Consejo de Ministros (PCM). Se acordó que se realizaría una tercera reunión para concluir el monto del reajuste; sin embargo, hasta la fecha eso no sucede. Ahora en el gobierno de Sagasti dicha reunión pendiente debe retomarse y definirse por fin el monto de los incrementos.

Además, el aumento es un derecho tal y como lo dice la Segunda Disposición Final y Transitoria de la Constitución Política del Perú: “El Estado garantiza el pago oportuno y el reajuste periódico de las pensiones que administra, con arreglo a las previsiones presupuestarias que éste destine para tales efectos, y a las posibilidades de la economía nacional”.

CÁLCULO DE INCREMENTO DE PENSIONES JUBILADOS DL 19990

Pensión ACTUAL

Pensión AUMENTO 2021

S/500S/930
S/532S/974
S/576S/1,018
S/620S/1,063
S/665S/1,108
S/709S/1,152
S/798S/1,241
S/842S/1,285
S/893S/1,336

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