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COMISIÓN AD HOC ALISTA TASAS DE ACTUALIZACIÓN Y DE APORTACIÓN POR TRAMO

Este mes trae consigo la inclusión de más padrones de beneficiarios, comenzando por los REINTEGROS 1 Y 2. Los fonavistas registrados para la devolución pero que aún no han efectuado su cobro se preguntan cuándo serán considerados en los próximos procesos, motivados por diversas razones, como la falta de información sobre sus aportes y la confirmación de su condición como beneficiarios. El reinicio de los pagos que entrarán en vigencia a partir del lunes 15 de abril abarcará los mayores de 80 años, CONADIS y enfermos terminales ya que se cuenta con la información necesaria sobre los montos a devolver.

 

¿Qué sucede si no se dispone de información suficiente sobre los aportes al Fonavi?

En el caso de no contar con información detallada sobre los aportes realizados al fondo, pero sí poseer evidencia de haber laborado durante el periodo de aportaciones, la Comisión Ad Hoc está facultada para calcular el aporte.

Además, la comisión Ad Hoc ya realizó pagos a cuenta a favor del fonavista sin restringir su derecho a recibir un monto adicional, siempre que se acrediten aportaciones adicionales. Para esto, se determinarán los medios para acreditar los aportes, incluyendo aquellos presentados por el fonavista.

Conforme a la Ley 31928, que modifica la Ley de Devolución de Dinero del Fonavi (Ley 29625),si el monto total calculado a devolver es menor al monto reconocido, se opta por la solución más beneficiosa para el fonavista.

¿Cómo se aplican las tasas de actualización y de aportación por tramo?

La actualización del valor de las aportaciones se realiza aplicando la tasa de interés legal vigente desde el momento del aporte hasta la liquidación para la devolución. Los porcentajes de las aportaciones al FONAVI respecto de la remuneración y en cada tramo (período) de su vigencia se detallan en un cuadro específico.

¿Cómo se conforma el Padrón de Fonavistas beneficiarios en 2024?

El Padrón Nacional de Fonavistas Beneficiarios se forma en base a aquellos fonavistas que, después del proceso de verificación según el artículo 28 del Reglamento, cuentan con la respectiva cuenta individual construida según lo estipulado en el artículo 31 del Reglamento.

Se otorgará prioridad a personas mayores de 80 años, a quienes estén registrados en el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS) y a aquellos con enfermedades graves o terminales, ya sean titulares o deudos.

La secretaría técnica solicitará la información necesaria al RENIEC y al CONADIS, y la acreditación de enfermedad grave o terminal corresponderá al fonavista mediante el certificado médico emitido por el Ministerio de Salud, EsSalud y/o el colegio médico del Perú.

¿Cómo verificar la inclusión en el Padrón Nacional de Fonavistas?

Para comprobar si se está en el padrón de fonavistas actualizado con el vigésimo grupo de pago, se puede ingresar al enlace: https://www.fonavi-st.gob.pe/sifonavic2/index.jsp.

Se debe especificar el tipo de documento, ingresar el número correspondiente y seleccionar «Consultar» para recibir un mensaje indicando si se es beneficiario o no.

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¿Qué hacer si no está en el padrón?

Aquellos que no figuren en el padrón de pago deberán esperar al próximo listado que será publicado en 2024. La Comisión Ad Hoc ha comunicado que continuará trabajando para incluir a los trabajadores que no realizaron el cobro a pesar de estar en las 19 listas anteriores.

Para consultar el estado de registro y ser incluido en futuros grupos de pago, se puede acceder al enlace: https://www.fonavi-st.gob.pe/sifonavic1/index.jsp.

¿A quién se considera fonavista excluido?

Se consideran fonavistas excluidos en el proceso de devolución del Fonavi aquellos que hayan sido beneficiados con recursos del FONAVI, de manera directa o indirecta. La Comisión Ad Hoc evalúa la condición de fonavista beneficiado directa o indirectamente según criterios establecidos, considerando la jurisprudencia del Tribunal Constitucional y el marco legal aplicable.

¿Qué es el fondo de contingencia?

Este fondo es una cantidad estimada que permite la devolución a beneficiarios con aportes monetarios acreditados y actualizados que superen el cálculo de aporte. El objetivo es que la devolución no exceda los aportes efectivamente recaudados por las contribuciones de los trabajadores al Fonavi, actualizado con la tasa de interés legal efectiva.

Padrón de Beneficiarios Fonavi

Hasta el momento, casi un millón 84,598 exfonavistas integrantes del Padrón Nacional de Fonavistas Beneficiarios han sido aprobados para la respectiva devolución desde enero de 2015, cuando se publicó el primer grupo, según datos de la Secretaría Técnica de la Comisión Ad Hoc.

Para aquellos exaportantes al Fonavi que aún no están registrados, la presentación del Formulario Nº1 se puede realizar en agencias del Banco de la Nación, centros de atención a nivel nacional o de manera virtual a través de la web.

En el caso de exfonavistas fallecidos no registrados, la presentación del Formulario N°1 puede realizarse por cualquier familiar directo, consignando los datos del fonavista titular, utilizando los canales implementados por la Secretaría Técnica.

Si el fonavista titular reside en el extranjero, podrá presentar el Formulario Nº 1 a través de la página web www.fonavi-st.gob.pe, haciendo clic en el botón ‘Regístrese en el SIFONAVI’ y ‘Registro de Periodo Laboral – F1’. Es importante destacar que todos los trámites son gratuitos. ¡La devolución llega en estos días!

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