Gobierno publica Decreto Supremo Nº 002-2025-EF, en el Diario Oficial El Peruano, aprobando dicho pago este mes junto a la pensión

Ayer fue publicado el Decreto Supremo Nº 002-2025-EF, en el Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, mediante el cual el Gobierno dicta disposiciones reglamentarias para el otorgamiento de la Bonificación por Escolaridad para el Año Fiscal 2025 que asciende a 400 soles, entre los que se incluye a los pensionistas de la Ley 20530 como beneficiados.

Dicha norma tiene por objeto establecer disposiciones reglamentarias para el otorgamiento de la Bonificación por Escolaridad cuyo monto es fijado por la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, y que asciende hasta la suma de 400 soles, la cual se abona, por única vez, en la planilla de pagos del mes de enero de 2025.

 

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La Bonificación por Escolaridad no solo se otorga a los funcionarios y servidores nombrados y contratados en actividad del sector público, sino también a los pensionistas a cargo del Estado comprendidos en los regímenes de la Ley N° 15117, los Decretos Leyes N° 19846 y N° 20530, el Decreto Supremo N° 051-88-PCM y la Ley N° 28091.

La Bonificación por Escolaridad de hasta la suma de 400 soles fijada por el literal b) del numeral 7.1 del artículo 7 de la Ley N° 32185, se financia con cargo a los créditos presupuestarios asignados para dicho fin en el presupuesto institucional de las entidades públicas, conforme a la citada Ley.

El personal activo y pensionista de la Administración Pública percibe la Bonificación por Escolaridad en una sola entidad pública, debiendo ser otorgada en aquella que abona el mayor monto de ingresos.

En el caso de pensionistas de derecho derivado por sobrevivencia, se precisa lo siguiente:

  1. a) En caso de existir un solo beneficiario, este percibe el íntegro del monto a que se hace referencia en el literal b) del numeral 7.1 del artículo 7 de la Ley N° 32185.
  2. b) En caso de concurrencia de varios beneficiarios, se otorga el monto que le hubiera correspondido al pensionista de derecho propio dividido en forma proporcional entre quienes concurran; dicho monto total no debe exceder de lo establecido en el literal b) del numeral 7.1 del artículo 7 de la Ley N° 32185.
  3. c) Los pensionistas deben estar registrados en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP) a cargo de la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas.

 

Fechas de pago 20530

El Banco de la Nación publicó, en su sitio web, el cronograma de pago de pensiones de enero para los jubilados de la ley 20530, que en este mes también cobrarán dicha Bonificación por Escolaridad.

A continuación las fechas de pago para los de la Ley 20530:

Miércoles 15 de enero: Ministerio de Educación (incluye universidades),Ministerio de Energía y Minas, Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Ministerio de Defensa, Poder Judicial, Ministerio Público, Ministerio de Economía y Finanzas, Ministerio de Justicia, Gobiernos Regionales: Unidades Ejecutoras, Contraloría General de la República, Congreso de la República, Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego y Presidencia del Consejo de Ministros.

Jueves 16 de enero: Ministerio del Interior, Ministerio Desarrollo e Inclusión Social, Ministerio de Vivienda Construcción y Saneamiento, y Defensoría del Pueblo.

Viernes 17 de enero: Ministerio de Salud, Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, Ministerio de Cultura, Ministerio del Ambiente, Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, y Registro Nacional de identificación y Estado Civil.

Lunes 20 de enero: Ministerio de la Producción, Ministerio de Relaciones Exteriores, Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, Oficina Nacional de Procesos Electorales, Junta Nacional de Justicia, Jurado Nacional de Elecciones y Tribunal Constitucional.