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El proyecto de Asamblea Constituyente del presidente Pedro Castillo incluye a indígenas, afroperuanos e independientes.

De acuerdo al proyecto enviado por el Ejecutivo al Congreso, la elaboración de la nueva Constitución nosolo contará con portavoces de los partidos políticos, como sucedió con la de 1993, sino también con representantes de los pueblos indígenas, afroperuanos y ciudadanos independientes.

En ese sentido, la composición de la Asamblea Constituyente, según la iniciativa legal contempla que los asambleístas serán un total de 130. Un 40% serán representantes de partidos políticos y 30% de candidatos o candidatas independientes. También contaría con 26% de representantes de los pueblos indígenas y 4% de representantes de los pueblos afroperuanos.

Como se sabe, el proyecto de reforma constitucional busca incorporar en la vigente Constitución Política del Perú el artículo 207, a fin de que el Congreso autorice someter a referéndum la convocatoria de una Asamblea Constituyente en las Elecciones Regionales y Municipales del 2022. Así, la nueva Constitución elaborada por los asambleístas, sea sometida a otro referéndum para su aprobación.

El pueblo es el titular del poder constituyente

Según el texto, la convocatoria para elegir a los miembros de la Asamblea Constituyente estará a cargo del presidente de la República con la aprobación del Consejo de Ministros; o por solicitud de los dos tercios del número legal de congresistas; o por el 0.3% de la población electoral nacional. Dicha iniciativa se remite al Congreso para su aprobación.

La propuesta del Ejecutivo fundamenta la incorporación de una Asamblea Constituyente en la Carta Magna señalando que el pueblo es el titular del poder constituyente. Y mediante este poder se puede dar un proceso de reforma total de la Constitución. Citan como ejemplo las experiencias de otros países como Colombia, Costa Rica, Chile, Guatemala y Uruguay.

Según las disposiciones transitorias de la reforma constitucional, se indica que se someta a referéndum, en las Elecciones Regionales y Municipales 2022. Será vía cédula especial y con las alternativas del Sí o el No la siguiente pregunta: “¿Aprueba usted la convocatoria de una Asamblea Constituyente encargada de elaborar una nueva Constitución Política?”.

Si se aprueba la consulta el presidente de la República convocará a la elección de asambleístas

De ser aprobada en la consulta popular, el presidente de la República convocará a la elección de asambleístas en un plazo no menor de 120 días calendario. Y la Asamblea Constituyente se instalará en un plazo no mayor de 15 días, después de la proclamación de resultados de las elecciones. Si se pronuncian por el No, el cambio constitucional no se dará.

La única competencia de la Asamblea Constituyente será elaborar y aprobar el proyecto de una nueva Constitución en un plazo de nueve meses, pudiendo prorrogarse, por una sola vez, por un periodo de tres meses. Será de carácter popular y plurinacional, tendrá paridad de género y será elegida por distrito electoral múltiple.

En la propuesta del Gobierno, se determina también que mientras dure la elaboración del proyecto de nueva Constitución, todos los organismos constitucionalmente autónomos, como el actual Congreso de la República, los gobiernos regionales, locales y las demás entidades públicas, mantendrán plenamente el ejercicio de sus funciones y competencias.

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