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La Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas del Indecopi resolvió la denuncia presentada por la Universidad Científica del Sur, en contra del Colegio de Psicólogos del Perú (CPP),quien, para colegiar a alumnos graduados de las carreras de psicología, había establecido porcentajes de estudio en la modalidad presencial y virtual, distintos a los regulados por la Sunedu.

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La entidad educativa solicitó que se declaré barrera burocrática ilegal la exigencia impuesta por el CPP para que los egresados de psicología solo puedan colegiarse si es que habían tenido una formación académica de un mínimo de 70% en la modalidad presencial y un máximo de 30% en modalidad virtual.

En su resolución N°0099-2024/CEB-INDECOPI, la autoridad, además de declarar en rebeldía al CPP, declaró la barrera burocrática ilegal y dispuso la inaplicación de la medida discriminatoria, en favor de todos los ciudadanos que se vean afectados.

En ese sentido, queda establecido en la resolución que un colegio profesional, como el CPP, no puede discriminar a graduados, determinando porcentajes de virtualidad o presencialidad necesarios para la colegiatura distintos a los regulados por la Sunedu.

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