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La Corte Superior de Justicia de Loreto absolvió a los exejecutivos de la productora de cacao Tamshi SAC del delito de tráfico ilegal de madera. Se trata de una sentencia en segunda instancia, emitida por la Sala Superior de Apelaciones sobre hechos acontecidos entre 2012 y 2014.

En este proceso se investigaba a tres exejecutivos de la empresa: Rubén Antonio Espinoza, Giovanny Cubas y Ernesto Vega Delgado. Como tercero civil responsable se encontraba incluida Cacao del Norte SAC (hoy llamada Tamshi SAC).

Según información del Ministerio Público, se imputaba a los acusados “ser los responsables de la transformación con motosierra de cadena y otros instrumentos, de productos forestales (de madera rolliza a listones y tablas),que se encontraron acopiados en varios puntos de la zona de actividad de la empresa Cacao del Perú Norte SAC”. La Fiscalía señalaba que la empresa carecía de una autorización para transformar la madera de dichos árboles.

Cabe recordar que los predios donde ocurrieron estos hechos corresponden a las parcelas que en 1997 las autoridades regionales de Loreto adjudicaron a ciudadanos que habían sido afectados por el terrorismo, al amparo del Decreto Legislativo 838. En el 2013, Cacao del Perú Norte SAC (hoy Tamshi) compró las parcelas a dichas personas y en los años siguientes ya había retirado los árboles de 1,900 hectáreas para dar paso a sus plantaciones de cacao.

¿Servirá de precedente?

Juan Diego Ugaz, abogado de la empresa, sostuvo que el delito que se imputaba a los exdirectivos, tráfico ilegal de madera, implicaba que se había comercializado madera de origen ilícito. Sin embargo, afirma que se ha logrado demostrar ante los magistrados que el origen de la madera es legal y esta no se ha comercializado, pues toda “está en el fundo”, al haber sido utilizada como abono o como materia prima para la construcción de campamentos.

A este proceso seguido contra la cacaotera, le sigue un segundo caso por hechos sucedidos entre 2014 y 2017. De acuerdo con esta investigación fiscal, la empresa taló los árboles del fundo sin contar con autorización del entonces Ministerio de Agricultura y Riego (Minagri) para el cambio de uso del suelo y desbosque. Por ello, al empresario Denis Melka y otras ocho personas se les atribuyen delitos contra los bosques, utilización indebida de tierras agrícolas y alteración del ambiente.

Sin embargo, el abogado Ugaz considera que la resolución del caso Tamshiyacu I sienta un importante precedente para que el segundo proceso sea archivado. “Con el caso I ya ha quedado zanjado que en el fundo no hubo tala ilegal”, dijo a gestion.pe.

Para sustentar esta afirmación, indicó que el cambio de uso de suelo no era necesario en vista de que las tierras habían sido adjudicadas a los mencionados beneficiarios en 1997 con el fin de que desarrollaran actividades agrícolas. “Al ser adjudicados estos predios se les reconoció como agrícolas hace más de 25 años y, por lo tanto, no es exigible la autorización de cambio de uso de suelo y consecuente desbosque”, manifestó.

La Procuraduría apelará

Pero el procurador del Ministerio del Ambiente, Julio Guzmán Mendoza, tiene un punto de vista completamente distinto. Asegura que estos terrenos fueron adjudicados a las víctimas de terrorismo para el desarrollo de agricultura migratoria, lo que hacía la recuperación rotativa del suelo, pues los productores siembran por un periodo en una parcela y luego pasan a otra.

“La agricultura migratoria no puede compararse con el talar los árboles de más de 1,000 hectáreas de una sola vez”,indicó a gestion.pe. Por lo tanto, sostiene, a la productora de cacao sí le correspondía gestionar oportunamente ante el Minagri la autorización de cambio de uso de suelo y desbosque. Asimismo, señaló que la empresa requería de permisos para transformar y transportar la madera, pues dijo que la Fiscalía tiene pruebas de que la madera no fue destinada al autoconsumo.

“El doctor Ugaz entiende que esta sentencia puede servirle para el otro caso. Difiero porque este caso era solo de transformación de la madera, pero en el siguiente (Tamshiyacu II) sí se abordará la tala y la transformación de la madera entre los años 2014 y 2017”, expresó.

Por último, anunció que interpondrá un recurso de casación ante la Corte Suprema, pues considera que los magistrados de esta instancia podrán pronunciarse “con mejor criterio y mayor tiempo de análisis” para resolver un caso “que va a dejar un precedente sobre la deforestación en el Perú”.