Super Mensajes

A partir del próximo 8 de setiembre, millones de familias recibirán un nuevo subsidio económico por parte del Estado. Luego se oficializara la entrega de una ayuda económica individual de 350 soles, que permitirá a cada hogar recibir como mínimo 700 soles, hay mucho interés por conocer los por menores de la norma que aprobó el Bono Yanapay Perú.

Esta ayuda económica se aprobó con el Decreto de Urgencia Nº 080-2021, que tiene como objetivo reducir el impacto negativo en la economía de los ciudadanos afectados por las medidas implementadas a nivel nacional para hacer frente al covid-19.

BONO ADICIONAL

Según la norma se otorgará de forma excepcional y por única vez un subsidio monetario individual de 350 soles a favor de personas mayores de edad que forman parte de los hogares que cumplan con los requisitos que ya anunciamos con anterioridad.

Asimismo, se otorgará un bono de 350 soles adicionales a las personas beneficiarias en cuyo hogar no haya otra persona adulta, pero que al menos tenga un menor de edad, con lo cual se cobrará 700 soles en total.

Están exceptuados de dicho beneficio los beneficiarios del Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo, y de los programas Pensión 65, Juntos y Contigo.

El Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec),según las pautas técnicas establecidas y en un plazo no mayor de cinco días hábiles, contados a partir de mañana, remitirá al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (Midis) el registro de ciudadanos elegibles para el subsidio monetario autorizado.

Los padrones de los ciudadanos beneficiarios pueden ser actualizados mediante Resolución Ministerial del Midis, sin demandar recursos adicionales del monto total de financiamiento en el mencionado decreto de urgencia (3,000 millones 763,570 soles).

NUEVAS CUENTAS

El otorgamiento del subsidio monetario se realiza a través del Banco de la Nación, así como de todas las demás empresas del sistema financiero y empresas de dinero electrónico del país, por medio de sus canales de atención, pudiendo incluso usar tarjetas, en todos los casos sin cobro de comisiones o gastos para los beneficiarios.

El decreto de urgencia establece que las empresas del sistema financiero, incluido el Banco de la Nación, y las empresas emisoras de dinero electrónico pueden abrir cuentas, masiva o individualmente, a nombre de beneficiarios identificados, sin necesidad de la celebración de un contrato y su aceptación por parte del titular.

Las mencionadas empresas pueden compartir información de identificación de la cuenta o cuentas prexistentes de los beneficiarios, incluyendo el Código de Cuenta Interbancario (CCI); lo cual está exceptuado del alcance del secreto bancario.

Las cuentas bancarias pueden ser utilizadas por el titular para fines adicionales al depósito y retiro de los fondos transferidos. También pueden ser cerradas por las empresas del sistema financiero y las empresas emisoras de dinero electrónico, cuando éstas no mantengan saldo por un periodo mínimo de seis meses o a solicitud del titular.

NOTICIAS A TU TELÉFONO

Únete al grupo abierto en Telegram de EXPRESO y EXTRA para recibir las noticias más importantes del día. Usted, sus familiares y amigos pueden sumarse a esta comunidad, a través del siguiente ENLACE.

Suscríbete a nuestra versión digital AQUÍ

Sigue al Diario Extra en sus redes sociales de FacebookTwitter e Instagram.