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El Ministerio de Educación (Minedu) publicó las orientaciones para la prestación gradual, voluntaria, flexible y segura de los servicios educativos a distancia, semipresencial y presencial en las instituciones públicas y privadas y programas educativos ubicados en los ámbitos rurales y urbanos del país, informó dicho portafolio.

EN CASA

Señalo que, en el primer mes del año escolar 2021, todas las instituciones educativas o programas educativos ofrecerán el servicio educativo a distancia hasta que el Minedu disponga el inicio del retorno a clases con algún grado de presencialidad.

PRESENCIAL

Al respecto, el retorno semipresencial y presencial a las instituciones educativas debe considerar de manera concurrente tres condiciones básicas: de contexto, de bioseguridad y sociales. Las condiciones de contexto permiten identificar las escuelas que en un distrito estarían habilitadas para prestar el servicio educativo, tomando en cuenta los indicadores epidemiológicos y territoriales.

Las condiciones de bioseguridad abarcan las acciones adoptadas en las propias instituciones para garantizar un servicio de manera segura, en tanto las condiciones sociales consisten en la voluntad y la conformidad de la comunidad con la prestación del servicio educativo.

Las escuelas que cumplan las tres condiciones se consideran aptas para el servicio con algún grado de presencialidad. En caso de que no se cumplan estas condiciones, los colegios ofrecerán el servicio educativo a distancia.

La norma, publicada mediante la Resolución Ministerial N° 121-2021-MINEDU, precisa que todas las instituciones y programas educativos deben elaborar un plan de implementación para la prestación del servicio, sea o no sea presencial.

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