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CAS: Pleno del Congreso pone fin a esta modalidad de contratos en EsSalud

ExtraPor:Extra21 de diciembre, 2022 2 minutos
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CASJosé Luna GálvezPleno del CongresoEl Pleno del Congreso aprobó el dictamen recaído en diferentes proyectos de ley, el cual prohíbe a EsSalud, contratar servidores bajo la modalidad CAS (Contrato Administrativo de Servicios). Con ello, dispone la incorporación del personal que laboraba bajo este régimen al Decreto Legislativo 728.

La autógrafa plantea modificar el artículo 2 del Decreto Legislativo 1057, disponiendo que EsSalud, no pueda contratar bajo la modalidad CAS.

¿Hay beneficiados?

El documento aprobado, establece que los beneficiarios con esta norma son 4,889 servidores profesionales del sector salud, tales como técnicos y auxiliares asistenciales, asimismo, profesionales administrativos, como los técnicos y auxiliares del Seguro Social del Perú.

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La entidad, EsSalud, tendrá un plazo no mayor a tres años, contados a partir de la vigencia de la ley, esto para que, puedan incorporar de manera progresiva, bajo el Régimen Laboral del Decreto Legislativo 728, al personal que se encuentra bajo la modalidad del CAS, con contrato a plazo indeterminado o indefinido.

Se busca reducir brechas

En la sustentación del dictamen, José Luna Gálvez, quien es el presidente de la Comisión de Presupuesto, destacó que es obligación del Estado salvaguardar los derechos fundamentales de la persona, por lo que los trabajadores CAS deben acceder a estos derechos y beneficios que disfrutan otros trabajadores.

“La única forma de evitar el descontento social, el malestar de los trabajadores y la ira ciudadana es ir reduciendo las brechas sociales, las brechas laborales, la inequidad y las injusticias. Se hará justicia a miles de trabajadores y les devolverá la esperanza a sus familias”, sostuvo el parlamentario.

Los requisitos

Sin embargo, hay una serie de requisitos que se deben de cumplir, para poder acceder a los alcances de esta ley, como haber ingresado a la institución, mediante proceso de selección por concurso público de méritos y que, a la fecha de promulgación de la ley, se encontrase laborando bajo la modalidad CAS a plazo indeterminado.

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