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El Ejecutivo amplió la ejecución de las transferencias financieras otorgadas a favor del Seguro Social de Salud (Essalud),con el fin de continuar las prestaciones de salud a los trabajadores comprendidos en una suspensión perfecta de labores.

Así lo establece una disposición complementaria final del Decreto de Urgencia N° 004-2021, publicado hoy en el diario oficial El Peruano.

La atención médica en los hospitales de Essalud se da por el tiempo de duración de dicha suspensión aun cuando no cuenten con los aportes mínimos establecidos por Ley. La aplicación de la norma fue prorrogada hasta el 5 de abril del 2021.

El decreto también autoriza la ejecución de las transferencias financieras otorgadas por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) a favor de Essalud, para la prestación económica de protección social de emergencia ante la pandemia —un subsidio de S/760 por un plazo máximo de tres meses—, establecida en el Decreto de Urgencia N° 038-2020, hasta el 28 de febrero de 2021.

Esta prestación económica es para trabajadores en suspensión perfecta que pertenecen a una empresa de hasta 100 trabajadores y que no perciban más de S/ 2,400 de remuneración.

Se considera como beneficiario de dicha prestación a quienes hayan realizado la solicitud en la plataforma VIVA Essalud hasta el 31 de diciembre de 2020.

En diciembre del año pasado, el MTPE transfirió más de S/46 millones a favor de Essalud para el pago de la prestación económica de S/760 a los trabajadores afectados por la suspensión perfecta.

En ese entonces se precisó que Essalud era el ente responsable del uso y destino de los recursos comprendidos en la mencionada transferencia financiera.