La Nueva Ley General del Turismo establece que los gobiernos regionales tienen competencias diversas respecto al desarrollo de actividades de promoción del turismo de aventura, incluyendo las de verificación de condiciones de funcionamiento, clausura de agencias turísticas y decomiso o destrucción de equipos deficientes.


En la Ley 32392, publicada hoy en la separata de normas legales del Diario Oficial El Peruano, se dedican ocho artículos para establecer los parámetros y características que debe tener el mencionado tipo de turismo en el Perú.

En ese contexto, se señala que los gobiernos regionales y sus dependencias tienen competencia para verificar que la infraestructura construida para la realización de servicios de turismo de aventura cuente con los permisos y licencias respectivas, expedidas por el gobierno municipal correspondiente.

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En otro de los artículos de la ley se señala que las dependencias de los gobiernos regionales tienen facultad “para clausurar las oficinas prestadoras de servicios turísticos de aventura por faltas reincidentes o graves”.

Dicha atribución se extiende también al decomiso o destrucción “de equipos que pongan en peligro inminente la vida de los turistas”. Esto debe efectuarse en coordinación con los gobiernos locales y contando con el apoyo policial correspondiente. En el marco de lo dispuesto en la Ley del Procedimiento Administrativo General.


Información y consentimiento
Se indica también en la norma recién promulgada que los turistas deben recibir de parte de las agencias de viaje y turismo “toda la información necesaria y completa” sobre las modalidades de turismo de aventura que han contratado. El turista debe confirmar esto firmando un documento de consentimiento.


Los certificados de autorización para el funcionamiento de las agencias de viaje tendrán una vigencia de cuatro años que será renovable. El propósito de esta disposición es que dichas entidades “actualicen sus requisitos y condiciones exigidos para la prestación de estos servicios”; mismos que figuran en el decreto supremo 005-2016-MINCETUR.

Asimismo, se establece que las construcciones hechas para facilitar la prestación del servicio turístico de aventura deben contar con los permisos y las licencias expedidos por el gobierno local respectivo. El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento expedirá las normas necesarias para la realización de estas construcciones, se indica.

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En la nueva Ley General del Turismo también se dispone que el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo apruebe “las condiciones técnicas y los estándares de seguridad que deben cumplir los equipos a ser utilizados por los prestadores de servicios turísticos en cada modalidad de turismo de aventura”.

De igual modo, se establece que el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo priorizará la certificación de las competencias laborales del personal encargado de instruir a los turistas en el uso del equipo para el turismo de aventura.

Nueva Ley General Del Turismo by Fidel Gutierrez


(FIN) FGM/MAO

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Publicado: 28/6/2025