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A partir de este año y cada seis meses, las entidades del Sistema Financiero deberán reportar a la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria (Sunat) los saldos y movimientos superiores a 30,800 soles en cuentas de personas naturales o jurídicas; es decir cantidades que superen las siete unidades impositivas tributarias (UIT).