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En la víspera, el Segundo Juzgado Especializado en lo Constitucional de Lima declaró fundada la demanda de amparo presentada por la Sunedu contra la ley que modifica varios artículos de la Ley 30220 (Ley Universitaria).


En consecuencia, se declaró nulo el procedimiento legislativo orientado a la modificación de los artículos 1, 12, 15, 17, 20, así como la primera disposición complementaria final de la referida norma. 

La resolución judicial dispuso que el Congreso cumpla con observar el contenido de las decisiones emitidas por el Tribunal Constitucional (TC) en los expedientes STC 00017-2008-AI/TC, STC N° 014-2014-PI/TC y STC 023-2014-PI/TC y el derecho a la educación universitaria de calidad al momento de ejercer su función legislativa. 

Para la congresista Flor Pablo, corresponde que el Congreso archive la ley aprobada.

Según indicó, ha solicitado a la titular del Parlamento, María del Carmen Alva, que no promulgue la referida norma, que calificó de inconstitucional, en cumplimiento de la decisión judicial.

"Este logro a favor de la educación deja un precedente claro ante cualquier futuro intento de desbaratamiento a la Ley Universitaria", indicó la parlamentaria en su cuenta en Twitter. 





Sobre el tema, el abogado constitucionalista Luciano López precisó que el juzgado no ha legislado en su fallo, como refirió la legisladora de Fuerza Popular, Patricia Juárez.

Lo que ha indicado la justicia, aseguró, es que el Congreso no debe legislar contra fallos con la autoridad de cosa juzgada ya dictados por el TC en dos oportunidades.

El juzgado emitió sentencia siete días después de realizar la audiencia del amparo promovido por la Sunedu contra la contrarreforma universitaria.

La audiencia fue el 12 de julio y al día siguiente el pleno del Congreso de la República aprobó por insistencia la ley que modifica el consejo directivo de la Sunedu bajo el argumento de restablecer la autonomía y la institucionalidad de las universidades peruanas.

El Gobierno había observado la autógrafa de dicha ley al considerar que es inconstitucional y afecta la imparcialidad y autonomía de la Sunedu. 

(FIN) VVS/CVC

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Publicado: 20/7/2022