La normativa sociolaboral vigente no obliga al empleador a consignar en el registro de asistencia la hora de salida e ingreso al centro de labores por el tiempo de refrigerio, sino únicamente que se consigne el número de minutos que se otorga por tal concepto.
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?? El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (@MTC_GobPeru) modificó el Reglamento Nacional del Sistema de Emisión de Licencias de Conducir, referido a la parte de la clasificación y revalidación de estos documentos. ?? https://t.co/xjCmNoDUROpic.twitter.com/WKt7Dqo08L
— Agencia Andina (@Agencia_Andina) June 28, 2022
Publicado: 28/6/2022