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Retiro de fondos AFP: ¿qué pasos faltan para concretar liberación de las 4 UIT?

El dictamen que autoriza a todos los afiliados al Sistema Privado de Pensiones un retiro de hasta S/ 20,600, (4 UIT) de los fondos de las AFP, aprobado por la Comisión de Economía, aun debe ser visto por el Pleno del Congreso. Conoce qué pasos faltan para concretar la liberación de ese dinero:

AndinaPor:Andina1 de abril, 2024 3 minutos
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El dictamen que autoriza a todos los afiliados al Sistema Privado de Pensiones un retiro de hasta S/ 20,600, (4 UIT) de los fondos de las AFP, aprobado por la Comisión de Economía, aun debe ser visto por el Pleno del Congreso. Conoce qué pasos faltan para concretar la liberación de ese dinero:


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Se trata del sétimo retiro de los fondos de AFP hasta por 4 UIT y para que dicha disposición pueda ejecutarse debe aprobarse de forma definitiva por el pleno del Congreso. 

Hasta el momento no hay fecha exacta dispuesta para su debate en el hemiciclo. Sin embargo, el legislador José Luna Gálvez, uno de los promotores del proyecto, ha pedido que el tema tenga prioridad en el pleno del Congreso.

En caso de aprobarse en el Parlamento, la autógrafa es enviada al Poder Ejecutivo para su promulgación u observación. 

De suceder esto último, la propuesta es devuelta al Congreso, poder del Estado que tiene la prerrogativa de promulgar la norma por insistencia o allanarse a las observaciones del Gobierno. 

Una vez oficializada la norma en el Diario Oficial El Peruano, entra en vigencia.

La iniciativa permite el retiro extraordinario y facultativo de los fondos acumulados para todos los afiliados al Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones Previsionales, sin excepción, hasta por 4 UIT, equivalente a S/ 20,600.

El legislador Luna Gálvez explicó que el nuevo texto consensuado beneficiará a más de seis millones de peruanos, que accederán a este retiro si así lo requieren.

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Exoneración de plazo


La congresista Digna Calle (Podemos Perú) solicitó en la víspera que el dictamen para el sétimo retiro de fondos de las AFP sea exonerado del plazo de publicación, a fin de que pueda ser incluido en la agenda de la próxima sesión del pleno del Congreso.


Para ello, envió un oficio al presidente del Parlamento, Alejandro Soto, en donde realiza dicha solicitud y además recalca la importancia de la urgente aprobación del proyecto de ley, cuyo dictamen se aprobó este lunes en la Comisión de Economía.


"Millones de peruanos necesitan recuperar urgente sus 4 UIT. ¡Acciones contundentes, ya! ¡Es hora de cumplir con el pueblo!", escribió Calle en su cuenta en la red social X.

Posición de Confiep


La Confederación Nacional de Instituciones Empresariales Privadas (Confiep) se mostró en contra de este nuevo retiro de fondos de las AFPy señalaron que este va en contra de la urgente reforma para que cada vez más peruanos tengan derecho a una pensión adecuada. 

"Con este sétimo retiro más de 7 millones de trabajadores se quedarán con cero soles en sus cuentas individuales de capitalización (CIC),con lo cual no tendrán recursos para su vejez", advirtió el gremio empresarial.


Señalaron, además, que ello generará una salida de ahorros para la jubilación de S/34,000 millones, lo que sumados a los seis retiros anteriores -aprobados entre el 2020 y 2022- totalizaría la salida de S/122,100 millones, es decir, un 14% del PBI.

En ese sentido, Confiep invocó a las fuerzas políticas a "detener la destrucción de los ahorros para la jubilación" y a priorizar la reforma del sistema previsional.

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¿Cómo se efectuará el retiro de hasta 4 UIT?


Los afiliados podrán ingresar sus solicitudes, dentro de los 90 días calendarios posteriores a la publicación y vigencia del reglamento de esta norma.

El primer abono será por 1 UIT, equivalente a S/5,150 y se efectuará 30 días calendarios posteriores a la presentación de la solicitud.

El segundo abono será también de 1 UIT (S/5,150) y dentro de los 30 días de calendarios; en el tercer mes se podrá recibir hasta 2 UIT, equivalente a S/10,300 dentro de los 30 días calendarios.

¿Los fondos serán intangibles?


Los fondos retirados tienen la condición de intangible, no pudiendo ser objeto de descuento, compensación legal o contractual, embargo, retención o de cualquier forma de afectación.


(FIN) CVC
GRM

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Publicado: 31/3/2024

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