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Publican ley que establece cálculo de CTS para docentes contratados de colegios públicos

El Congreso de la República publicó la ley que modifica la fórmula de cálculo de la compensación por tiempo de servicios (CTS) de los docentes contratados, auxiliares de educación nombrados y contratados de las instituciones educativas públicas.

AndinaPor:Andina11 de agosto, 2022 2 minutos
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El Congreso de la República publicó la ley que modifica la fórmula de cálculo de la compensación por tiempo de servicios (CTS) de los docentes contratados, auxiliares de educación nombrados y contratados de las instituciones educativas públicas.


La Ley Nº 31552, publicada hoy en las normas legales de diario oficial El Peruano, modifica el literal h) del inciso 2.1 y el inciso 2.2 del artículo único de la Ley 31278, y que modifica el artículo 2 de la Ley 30328, Ley que establece medidas en materia educativa y dicta otras disposiciones.

En tal sentido, la norma publicada hoy establece que el profesor contratado recibe una CTS, la que se otorga al finalizar su vínculo laboral, a razón del 100 % de su remuneración íntegra mensual (RIM),por año o fracción mayor a seis meses de servicios trabajados.

Asimismo, indica que los montos, criterios y condiciones correspondientes a los conceptos señalados en los literales a, b, f y g de la Ley 31278 se aprueban por decreto supremo refrendado por el ministro de Economía y Finanzas y el ministro de Educación, a propuesta de este último.

Auxiliar de educación nombrado

La norma señala que la CTS para el auxiliar de educación nombrado se otorga al momento de su cese, a razón del 100 % de su remuneración mensual (RM),por año o fracción mayor a seis meses de servicios oficiales.

En cuanto al auxiliar de educación contratado, la compensación por tiempo de servicios se otorga al momento de la finalización de su vínculo laboral, a razón del 100 % de su remuneración mensual por año o de la totalidad de los meses y días de servicios trabajados.

Lo establecido en la presente ley se financia con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Educación y de los gobiernos regionales, sin demandar recursos al tesoro público. 

Se implementa de forma progresiva, en el marco de la Ley de responsabilidad y transparencia fiscal y las reglas macrofiscales.

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(FIN) LIT


Publicado: 11/8/2022

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